Caso Emblemático Corregimiento Arboleda – Caldas. Año 2000*
Emblematic Case Corregimiento Arboleda - Caldas. Year 2000*.
Caso Emblemático Corregimiento Arboleda - Caldas. Ano 2000*
Martha Lucía Gallego Betancourth **
Otoniel Burgos Claros***
Escuela de Carabineros Alejandro Gutiérrez de Manizales
Fecha de recepción del artículo: 4 de febrero de 2016
Fecha de aceptación del artículo: 1 de Diciembre de 2016
Fecha de Publicación: December 21 de 2015
DOI: http://dx.doi.org/10.22335/rlct.v7i3.391
* El artículo es resultado de la investigación “exposición al riesgo locativo en grabaciones exteriores”
**Doctorando. Magister en Educación y Desarrollo Humano. Trabajadora Social. Filiación: Escuela de Carabineros Alejandro Gutiérrez de Manizales. Email: martha.gallego1092@correo.policia.gov.co Orcid: https://orcid.org/0000-0003-0486-8125
*** Abogado. Especialista en Investigación Criminal. Candidato a Magíster en Derecho. Integrante grupo de Investigación Escuela de Carabineros Alejandro Gutiérrez de Manizales. Coordinador del Trabajo investigativo “Caso emblemático Arboleda – Caldas. 2000. Email: otoniel.burgos@correo.policia.gov.co . Orcid: https://orcid.org/0000-0001-5686-2687
Resumen
El presente estudio denominado “Caso emblemático Arboleda – Caldas”, se enmarca en el área Social y la línea de investigación en conflicto y convivencia. El estudio fue de tipo cualitativo, teniendo como punto de partida la experiencia vivida por los actores sujetos de investigación, tales como habitantes del corregimiento, integrantes de la Policía y sus familias, víctimas del conflicto armado.
Entre los principales resultados se resalta: La toma guerrillera al corregimiento de la Arboleda – Caldas, fue una de las más sangrientas, crueles e inhumanas que se hubiese realizado en contra de la Policía Nacional. Así las cosas, el contexto y capacidad institucional existente para la época en la zona, era insuficiente, teniendo en cuenta los antecedentes que en materia de tomas guerrilleras se habían realizado en la región, previamente a la incursión subversiva, sin desconocer la difícil situación de orden público que se vivía en todo el territorio nacional en ese entonces.
La afectación a las víctimas se ve reflejada en aspectos relacionados con la parte física, emocional, psicológica, mental, económica y social, experimentado básicamente por parte de las esposas, hijos (as) de los policiales asesinados y de los sobrevivientes; situación que dejó secuelas, incluso de por vida para muchos de ellos (as).
Palabras Clave: Caso emblemático, toma guerrillera, víctimas, conflicto armado, afectación.
Abstract
This study called "emblematic case Arboleda - Caldas" is part of the social area and the research on conflict and coexistence. The study was qualitative, taking as its starting point the experience of the actors research subjects, such as inhabitants of the judges, members of the police and their families, victims of armed conflict. Among the main results is highlighted: Guerrilla takes the judges of the Grove - Caldas, it was one of the most bloody, cruel and inhumane that had been made against the National Police. So, the context and existing institutional capacity by the time the area was insufficient, given the background in the field of guerrilla raids had been conducted in the region prior to the subversive raid, without ignoring the plight of public order that existed throughout the national territory at the time.
The involvement of victims is reflected in aspects related to physical, emotional, psychological, mental, economic and social part, basically experienced by wives, children (as) of police killed and survivors; situation that left sequels, even life for many of them (as).
Keywords: emblematic case, guerrilla attack victims, armed conflict, involvement.
Resumo
O presente estudo intitulado "Caso emblemático Arboleda - Caldas", está enquadrado na área social e na linha de pesquisa em conflito e convivência. O estudo foi de natureza qualitativa, tomando como ponto de partida a experiência vivida pelos atores sob investigação, como residentes do corregimiento, membros da Polícia e suas famílias, vítimas do conflito armado.
Entre os principais resultados destacam-se: A conquista da guerrilha na aldeia de Arboleda - Caldas, foi uma das mais sangrentas, cruéis e desumanas que foram feitas contra a Polícia Nacional. Assim, o contexto e a capacidade institucional existente para o tempo na área, foi insuficiente, levando em consideração os antecedentes que, em matéria de guerrilha, foram feitos na região, antes da incursão subversiva, sem ignorar a difícil situação de ordem pública que foi vivida em todo o território nacional naquele momento.
A afectação às vítimas se reflete em aspectos relacionados ao físico, emocional, psicológico, mental, econômico e social, vivenciados basicamente pelas esposas, crianças (as) dos policiais assassinados e sobreviventes; situação que deixou seqüelas, mesmo para a vida para muitos deles (as).
Palavras-chave: caso emblemático, aquisição de guerrilha, vítimas, conflito armado, afectação
Introducción
Por más de cincuenta años el conflicto interno en Colombia arrojó como resultado un número indeterminado de personas heridas y víctimas mortales, además de una serie de desplazamientos forzados, reclutamiento de menores, desaparición forzada, secuestros, delitos de lesa humanidad y torturas, muchos de los cuales se infligieron en contra de integrantes de la fuerza pública, particularmente de la Policía Nacional Colombiana.
Por lo anterior, y teniendo en cuenta que la indocumentación de casos donde los Policías en ejercicio de sus funciones y en cumplimiento del deber fueron vulnerados en sus derechos y libertades (Ruiz, 2015), ha contribuido al desconocimiento, falta de reconocimiento y poca solidaridad de la sociedad colombiana para con la Institución Policial, sus integrantes y familias; es por lo anterior, que el grupo de investigación de la Escuela de Carabineros Alejandro Gutiérrez de Manizales indagó acerca del impacto generado por el ataque guerrillero perpetrado por un Grupo guerrillero los días 29 y 30 de julio del año 2000 en el corregimiento de la Arboleda, municipio Pensilvania, Departamento de Caldas.
Para lograrlo, la Escuela de Carabineros a través de su grupo de Investigación proyectó la intelegibilidad de los hechos de violencia llevados a cabo por dicha guerrilla, las condiciones, capacidades y necesidades de la Policía Nacional, así como las amenazas de las que fue víctima, el marco normativo aplicable al caso concreto y el nivel de afectación psicofísica generado en sus hombres y mujeres policías, sus familias y población civil en general.
A partir del recuento de los hechos acaecidos en julio del 2000, con el presente artículo se pretende informar al lector acerca de las condiciones y capacidades con que constaba la Policía Nacional -en la Estación de Policía la Arboleda Caldas-, del nivel de afectación y victimización al que fueron sometidos tanto policías como familiares y el marco jurídico internacional transgredido por ese grupo insurgente.
Metodología
Tipo de Investigación. El estudio se enmarcó en un paradigma cualitativo teniendo como punto de partida la experiencia que presentaron los actores involucrados, en este caso la experiencia vivida por los actores sujetos de investigación, como lo fueron los habitantes de la población de Arboleda, integrantes de la policía y sus familias, víctimas del conflicto armado.
El enfoque para el desarrollo del estudio fue descriptivo interpretativo, este hizo alusión al análisis de narrativa desde la experiencia que compartieron los actores directos, para este caso los funcionarios policiales sobrevivientes, familiares, algunos habitantes y actores institucionales que de una u otra manera fueron afectados por la acción e incursión guerrillera.
Participantes. Personal policial activo y en uso de buen retiro, así como familiares que vivenciaron la acción guerrillera, teniendo presente que fueron catorce víctimas policiales y sus familiares, así como cuatro víctimas civiles según lo indicado en los informes.
Como parte de la triangulación de la información obtenida del personal policial activo y en uso de buen retiro, familiares de las víctimas, vecinos del sector, testigos, revisión documental, se entrevistó a profesionales en psicología y trabajo social, teniendo en cuenta que estos hechos impactaron de manera significativa la vida de las personas y el contexto social de los mismos, verificando a través de ellos, afectaciones desde el ámbito psicológico, físico, familiar, social y económico; reconstruyendo el antes, durante y después del hecho violento.
Técnicas de recolección de información. Entrevista a profundidad, definida por los encuentros cara a cara con los informantes, con el fin de lograr la comprensión de las perspectivas de realidad que tuvieron los participantes del estudio con relación al fenómeno indagado. La pretensión fue recuperar las experiencias, situaciones, tal como las expresan los actores sociales con sus propias palabras (Tylor y Bogdan, 1994, p. 40).
Revisión documental de información institucional e investigaciones judiciales, los cuales fueron la base para la reconstrucción de buena parte de los hechos tanto desde el sentir de los policiales, sus familias y en si la institución a partir de la compilación de las experiencias vividas; de igual manera se develó la concepción institucional que se tuvo del caso, como lo registrado por medios de comunicación, y en si los desencadenantes de cada uno de los casos, la transformación de las historias de vida individuales, familiares, sociales, económicas e institucionales.
Resultados
Acciones desarrolladas y hechos degradantes por parte de los actores armados y hechos de violencia generados por la guerrilla en contra de los uniformados y la población civil.
Según comunicación oficial rendida por la seccional de inteligencia de la Policía Nacional “SIPOL”, el pasado 29 de julio de 2000, siendo aproximadamente las 09:00 horas, cerca de trescientos (300) guerrilleros, armados con fusiles, cilindros bomba y ametralladoras, por un tiempo de aproximadamente 36 horas, arremetieron en contra de la población y de uniformados de la Policía Nacional adscritos a la Subestación de Policía del corregimiento de Arboleda Caldas, causando pérdidas humanas y cuantiosos e incalculables daños materiales (Información tomada archivo de la Fiscalía General de la nación radicado 861, p. 5).
Esta información fue corroborada por algunas personas que tuvieron conocimiento de la toma, entre ellos algunos sobrevivientes, según obra en el cuaderno original Nro. 2 del acervo documental del proceso penal que por estos hechos se adelantó en el Juzgado Penal Especializado de Circuito Manizales – Caldas, así:
Yo estaba realizando segundo turno de vigilancia de centinela, aproximadamente a las nueve de la mañana, por una de las calles del corregimiento vimos llegar un vehículo Nissan color azul, viejo que se aproximada a la estación, al llegar a la estación un individuo se bajó, y se devolvió corriendo, cuando en la esquina empezaron a disparar y ahí fue donde empezó la toma (p. 193)” (…) Aproximadamente los primeros disparos empezaron a las 09:00 de ese día (p. 197)” (…) Bueno, el día veintinueve (29) de julio del año en curso, un sábado, me di cuenta por las noticias que el Corregimiento de Arboleda estaba siendo atacado por la Guerrilla (p. 240)…”
Así mismo, Villegas (2013) menciona que la toma duro casi nueve horas, que finalizando la toma y cuando ya no se escuchaba los sonidos de las armas y todo estaba nuevamente en silencio, seguían los cuerpos de los policías muertos en el suelo y también habitantes del lugar, algunos de los espacios comunes del pueblo irreconocibles, el pueblo según los moradores pertenecía al grupo armado ilegal, se reconocen personas muertas, viviendas, negocios y lugares comunes destruidos, generando sentimiento de rabia, dolor, desesperanza y desarraigo, generando un abandono del 70% del pueblo por parte de sus habitantes.
Villegas (2013), señala que los días posteriores al ataque, algunos cuerpos fueron desaparecidos por la guerrilla, ocuparon el pueblo subsistiendo a partir de sus habitantes en productos como alimentación, alojamiento y otras necesidades, lo cual implica que los habitantes se sientan psicológicamente obligados a hacer algo con lo que no estaban de acuerdo, creando desmotivación severa y continua. Según indican, fueron cuatro años que el pueblo se encontraba en manos del grupo guerrillero y en sí, estas actividades sembrando de terror todo el poblado, previamente ya habían generado acciones que intimidaban a la población como el desmembrar las familias, reclutar menores, entre otras prácticas.
El ataque dejó 12 policías y cuatro civiles muertos, varios de ellos incinerados, cuyos cuerpos, de acuerdo con declaraciones, fueron objeto de horrorosas violaciones. Hasta jugaron fútbol con sus cabezas... (Molano 2000, 6 párrafo).
Así mismo, de los testimonios que existen dentro del mencionado proceso penal, se concluye que las ejecuciones de algunas víctimas mortales en la toma guerrillera se llevaron a cabo con tiros de gracia, propinado cuando estas se encontraban en estado de indefensión; en declaración rendida por uno de los sobrevivientes en el año 2000, se da a conocer que:
“La negra Karina les decía que se entregaran y que entregaran el negro o sea el fusil que ella les perdonaba la vida, pero todo eso era falso porque ella con la pistola les disparaba en diferentes partes del cuerpo (Fiscalía General, 2000, cuaderno 1, p.271; Molano, 2000)
La esposa de uno de los uniformados reveló que el policial fue degollado, otra de las viudas dio a conocer que supo que los policiales se quedaron sin munición, situación que concuerda con el artículo denominado “La masacre de Arboleda y la guerra civil colombiana”, en el aparte que se transcribe a continuación:
“pelearon hasta agotar la munición, lo que ocurrió en la mañana del domingo, siete lograron romper el cerco y evadirse y entonces un puñado de ellos todavía con vida se rindió. Los que se rindieron fueron rematados. Ninguno de los cadáveres de los policías tenía menos de diez impactos de bala”.
Este hecho fue validado por la guerrillera desmovilizada alias la “Tata”, quien manifestó al Juzgado Penal Especializado de Circuito Manizales, en diligencia de indagatoria rendida el 15 de 40 marzo de 2001, páginas 379 y 380 del cuaderno original 2, haber participado en la incursión antes mencionada, aduciendo que “…Alexander alias Perillo asesinó a cinco policías que se entregaron”.
Se dice que los insurgentes jugaron fútbol en el parque con la cabeza de los policías, que en medio de un sancocho y licor, acompañado con risas, gritos, cantos y arengas, festejaban su victoria, según lo argüido por uno de los supervivientes quien narro que “celebraban, jugaban con la cabeza del agente, debido a que él mato más guerrilleros”. Sin embargo, en lo que tiene que ver con la decapitación de los institucionales, las inspecciones a los cadáveres y los dictámenes de medicina legal no lo documentaron, con lo que se infiere que posiblemente esto no ocurrió, o que por la urgencia de la situación, tanto la policía judicial como los galenos lo omitieron.
Por otra parte, se conoce que los uniformados fueron víctimas de tratos crueles, inhumanos, el relato de uno de los sobrevivientes manifestó haber escuchado cuando los guerrilleros decían salgan que les respetamos la vida, lo que motivo al señor Patrullero Monedero a salir, siendo obligado a entregar su fusil, sometido posteriormente a humillaciones, degradaciones y tortura, ocasionadas por el hechos de saber que le iban a quitar la vida. (J. Giraldo, comunicación personal, 11 de septiembre 2015)
En el mismo sentido, la desmovilizada Irma Yaneth Mosquera López alias la “Tata” mencionó que:
(…) escuchamos que habían sacado a cinco policías y que los traían, pero no sabíamos para donde, cuando ya Sebastián terminó de hablar y cambio de frecuencia, los traían para donde nosotros, los traían amarrados, los traía Alexander, los hizo arrodillar y ellos llorando y suplicando que no los mataran, pero Alexander quien todavía está en ese frente, los mato a los cinco con un M-16. (Fiscalía General, 2000, cuaderno 2, p. 380).
Con el ánimo de evitar la reacción militar de la Fuerza Aérea y del Ejército Nacional, los subversivos utilizaron como escudos humanos a los pobladores del corregimiento - mujeres y niños- , generando de esta manera, tratos crueles, inhumanos y humillantes a la población civil sometiéndolos a la presión psicológica. Finalizada la toma, aproximadamente a las 5:00 a.m, instalaron seis artefactos explosivos (cilindros bomba), adecuados en las viviendas de los habitantes como armas trampa.
Condiciones y capacidades del contexto institucionales que existían por parte de la institución para atender las necesidades y amenazas derivadas del conflicto en ese momento.
Los factores culturales, sociales, religiosos, políticos, entre otros, en un país plurietnico y multicultural como el nuestro generan necesidades diferentes en cada persona, y por ende en cada entidad territorial; esto impide satisfacer de manera eficiente, eficaz y efectiva cada necesidad, y más aún si estas se atendieran desde la Capital del país o sede principal, o lo que es lo mismo, desde las instalaciones de la Dirección General de la Policía Nacional, razón por la cual en virtud de la desconcentración - figura jurídica propia del derecho administrativo-, la Institución se disgrego hacia otros lugares del país bajo las denominaciones de Metropolitanas, Departamentos, Distritos, Estaciones, Subestaciones, Puestos de Policía, CAI y Cuadrantes, lo que explica por qué para el día 29 de julio de 2000 treinta (30) Policías se encontraban prestando su servicio en el corregimiento de Arboleda - Caldas, de los cuales tres se encontraban en comisión en ese lugar.
La Subestación de Policía La Arboleda para el momento de los hechos estaba ubicada en el casco urbano del corregimiento, la integraban 27 uniformados distribuidos en tres escuadras de ocho unidades, a cada uno se le había asignado un fusil con una granada para el mismo, dos granadas de mano, 4 proveedores por 25 y 445 cartuchos calibre 762; entre turno y turno las escuadras disponibles hacían patrullajes permanentes en el corregimiento a fin de controlar el comercio y atender casos de Policía. En la noche del 28 de julio de 2000 arribaron a la subestación 03 Institucionales provenientes del Departamento de Policía Caldas, pertenecientes al área que hoy se conoce como telemática, con la orden de reparar, instalar y hacer mantenimiento a los equipos de comunicación (radios, antenas, entre otros).
En lo que respecta al talento humano con que contaba la citada unidad policial y teniendo en cuenta las consultas realizadas en el sistema de administración de talento humano SIATH, se pudo evidenciar que algunos uniformados venían presentando conductas poco acordes a los lineamientos institucionales, a uno de ellos le figuraban siete faltas con correctivos disciplinarios, especialmente por inasistencia al servicio y abuso e ingestión de bebidas embriagantes dentro y fuera del servicio, a otro, le fueron encontrados en su hoja de vida diez arrestos severos sin indicar las causas.
Las pruebas testimoniales que obran en el proceso penal que se siguió por estos hechos en el Juzgado Penal Especializado de Circuito Manizales – Caldas, y las entrevistas practicadas, revelan que la toma guerrillera que acabo con la Arboleda en el departamento de Caldas, fue lo que Gabriel García Márquez (1981) denomino “crónica de una muerte anunciada”, pues se tenía conocimiento que constantemente recibían panfletos con amenazas de muerte, dando indicios claros que el grupo en cualquier momento se tomarían el corregimiento.
Sumado a lo anterior, se dijo que era posible observar desde Arboleda hacía el sector de Puerto Venus, los entrenamientos que realizaban a diario el grupo guerrillero (Giraldo, comunicación personal, 11 de septiembre 2015), información ratificada por (H. Guevara, comunicación personal, 07 de Octubre 2015). Sobre el particular, un agente sobreviviente adujo que “nosotros sabíamos que se lo iban a tomar pero no sabía cuándo, todo el que llegaba sabía que tenía que estar preparado”.
Tan pronto el mando Institucional tuvo conocimiento de la materialización de la incursión guerrillera, procedió a realizar las coordinaciones pertinentes y desplegar acciones necesarias, encaminadas a apoyar a los uniformados que se encontraban resistiendo el cruento ataque. Al lugar llegó apoyo aéreo pero fue bloqueado por la acción de la guerrilla, si se tiene en cuenta que los insurgentes estaban dentro del pueblo mezclados con la población civil, anulando así, cualquier tipo de estrategia aérea militar y/o policial. De la misma manera, el refuerzo terrestre de la Policía Nacional y el Ejército llegó al sitio, sin embargo, no lo hicieron a tiempo como consecuencia de los anillos de seguridad que el grupo insurgente había instalado, es decir, para poder llegar se generaron enfrentamientos que imposibilitaron arribar más rápido al corregimiento de Arboleda - Caldas.
Las instalaciones de la Subestación de Policía de la Arboleda al parecer no contaba con las condiciones adecuadas que permitieran resistir un ataque de tal magnitud, dado que de las narraciones de los sobrevivientes en el marco del pluricitado proceso penal y de esta investigación Institucional, se desprende que la misma se derrumbó por completo cuando en horas de la madrugada del 30 de julio de 2000, los insurgentes activaron un carro bomba que habían abandonado casi al frente de estas Instalaciones Policiales.
En el cuaderno original Nro. 2 del acervo documental del proceso penal en referencia, en las páginas 192, 193 y 199, obra la narración de tres supervivientes que coinciden en manifestar:
“(…) Estación de Policía completamente destruida (…) ya aproximadamente a las dos o tres de la mañana nos explotó el vehículo derrumbándonos la estación, yo como pude me salí de los escombros y me tire a la casa de enseguida (…) el cuartel quedo destruido en lo que pude visualizar(…)”. Marco normativo histórico internacional (DIH y DDHH) y soporte jurídico de actuación operacional de la institución para la atención del caso
En el proceso que el Juzgado Penal del Circuito Especializado de Manizales – Caldas siguió por estos hechos, obra lo siguiente:
Los actos de barbarie cometidos grupo guerrillero – EP contra los policías de la estación la Arboleda – Caldas y la población civil de la localidad se hacen evidentes con la mutilación de los miembros superiores, así como con la incineración de la esposa de un patrullero (…) Los daños superfluos e incinerarios causados a los policías asesinados por las autodenominadas grupo guerrillero – EP se hace evidente en razón a la clase de heridas, las cuales presentan exposición de tejido óseo, adiposo y masa encefálica, igualmente amputación parcial de los miembros inferiores. (Juzgado Penal Especializado de Circuito de Manizales, 2001. 47 y 48)
Corolario de lo expuesto, queda claro que el grupo guerrillero transgredió el marco jurídico doméstico, que al igual que otros cuerpos normativos, brinda protección y garantías a derechos y libertades ciudadanas en aras de consolidar el Estado social de derecho que surgió en Colombia con la constitución de 1991.
No obstante, más allá de analizar cual sistema normativo -Sistema Internacional de los Derechos Humanos (DDHH), Sistema Internacional de Derecho Internacional Humanitario (D.I.H) o Sistema Jurídico Colombiano)- aplica en el caso concreto, es claro que independiente a que la confrontación bélica en el corregimiento de Arboleda - Caldas, entre fuerzas armadas colombianas (fuerza púbica - policía Nacional) y grupos armados organizados, se hubiera enmarcado en lo que se denomina como conflicto de carácter no internacional, debió haberse respetado por parte de los actores, los derechos a la vida y la integridad personal, dado que su vigencia es permanente y vinculante, no facultativa, en otras palabras, esa guerrilla infringió las disposiciones normativas constitucionales.
Así las cosas, la violación sistemática de derechos humanos perpetrada por este grupo guerrillero en el corregimiento de Arboleda - Caldas el pasado 29 de julio de 2000, igualmente quebrantó postulados normativos de la Carta Internacional de Derechos Humanos - Declaración Universal de los Derechos Humanos (artículos 1, 2,3 y 5), Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José artículos 1, 4, 5 y 7), Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos (artículos 2, 3, 6, 7, 8, 9, 10 y 17) y Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales-, como quiera que en el sangriento hecho fueron conculcados entre otros derechos, la vida de los pobladores del corregimiento y de los policías que prestaban su servicio, pues resultaron muertos cuatro civiles, entre ellos una mujer (incinerada), y trece uniformados de la Policía Nacional, algunos ajusticiados con tiros de gracia.
En mérito de lo expuesto, situaciones fácticas del caso, donde se devela detalladamente los vejámenes infligidos a civiles y Policías del corregimiento de Arboleda - Caldas, y teniendo en cuenta el contexto temporo espacial en que se llevaron a cabo los hechos que se vienen relatando, los medios y métodos de guerra utilizados por ese grupo al margen de la ley, así como las consecuencia lamentables y fatales, producto del ataque desmedido, indiscriminado y cruel, es claro que los insurgentes no tuvieron en cuenta los principios de humanidad, distinción, necesidad, limitación, proporcionalidad, inviolabilidad, protección, entre otros, del derecho internacional humanitario, por el contrario los vulneraron por completo.
Por su parte, el Juzgado Penal del Circuito Especializado Manizales – Caldas, dentro del proceso penal que siguió por estos hechos, hizo una relación de las normas que a su juicio, constituían violaciones al Derecho Internacional de los Derechos Humanos e infracciones al Derecho Internacional Humanitario, así: derecho a la vida, a la integridad personal, protección a la población civil, proscripción de la tortura, garantías fundamentales, protección de los bienes indispensables para la supervivencia de la población civil (Ramírez, 2015) .
En las filas de estos grupos han militado y aún lo hacen, niños, niñas y adolescentes, situación que quebranta abiertamente el Derecho Internacional Humanitario, si se tiene en cuenta que aquellos que no hayan obtenido su madurez física y psicológica, es decir, desde el punto de vista jurídico, que no cuenten con la mayoría de edad, gozan de protección especial. El expediente de la fiscalía devela que en el frente 47 se encontraban combatiendo como militantes cuatro mujeres menores de edad, tres de ellas de 17 años y una de 15, así mismo una de ellas se encontraba embarazada. En el frente 9, se encontró así también menores combatientes como militantes. (Fiscalía General, 2013-cuaderno 1, 15).
Nivel de afectación y victimización de los miembros de la institución y sus familias por causa del conflicto, impactos físicos, emocionales, económicos, generados por el ataque guerrillero.
Daños en lo psicológico. En general podría mencionarse que se presentaron casos de estrés post-traumático, manifestadas en alteraciones del sueño, uno de los casos continua actualmente en atención psiquiátrica, ideación o intento de suicidio se manifestaron tres casos: dos viudas y un huérfano.
Es pertinente, mencionar que seis de las diez viudas manifestaron haber presentado problemas con adicciones al alcohol, producto de la desesperanza generada por la pérdida de sus esposos y tres casos de huérfanos con problemas de adicciones a las drogas ilegales. Todas las viudas afirmaron que continuaron con tratamiento psicológico durante aproximadamente un año y medio, posterior a los hechos.
De acuerdo a la información suministrada por la psicóloga del colegio de la Policía Nuestra Señora de Fátima, que en su momento atendió los casos, muchos de estos jóvenes presentaron situaciones especiales en el transcurso de su formación, niños-as retraídos, recuerda un caso particular en donde uno de los niños cargaba a diario un morral muy pesado, al momento de verificar qué llevaba el morral encontraron varios elementos del policía fallecido. La profesional manifiesta que los huérfanos del caso de Arboleda - Caldas, se caracterizaban por su mutismo, retraimiento, llanto, sensación de haberlo perdido todo, bajo rendimiento académico.
Esto sin hacer alusión al caso del uniformado que fue desaparecido, en este aspecto la esposa del mismo, nunca pudo reponerse de dicha situación, al momento todas sus expresiones y relatos estuvieron acompañadas por el llanto, se evidenció así mismo, que la institución cometió errores durante largo tiempo, debido a que no garantizó los derechos de algunas familias, especialmente para el caso de ésta, que sumado al dolor de no haber podido encontrar el cuerpo y desarrollar el ciclo del duelo de manera total, durante mucho tiempo no se le brindó el servicio de salud, ni se le definía el tema de pensión, producto que el cuerpo no fue encontrado.
En este proceso se evidencia que para ese momento la institución no tenía muy claro los protocolos de atención psicosocial, según lo expresado por uno de los sobrevivientes, al día siguiente de la toma, le entregaron el pasaje para que viajará a Manizales, sin realizar un acompañamiento necesario en una situación tan extrema como el estrés post traumático.
Impacto físico. Si se hace alusión a los impactos físicos (Posada, 2002), como se mencionó anteriormente las torturas a los uniformados fueron evidentes: desmembramientos, incineración, algunos de ellos evidenciaban pérdidas de las uñas de la manos, producto de haberse arrastrado durante largas distancias para tratar de salvar sus vidas.
Para el caso de las viudas, en general pocas de ellas aducen enfermedades físicas producto del impacto emocional de la pérdida de su esposo de manera violenta, en uno de los casos la señora manifiesta diversas sintomatologías que se asocian con aspectos psicosomáticos tal como Sarno (2013) lo plantea que el origen de algunas enfermedades son situaciones emocionales.
Impacto económico. Posterior a la toma y al asesinato de los uniformados, según lo manifestado por las viudas fue un poco demorado el tema de recibir los pagos y demás, muchas de ellas eran ayudadas por otros policiales de estaciones cercanas en temas de alimentación; por otra parte, el apoyo en el colegio de la Policía en algunos casos, mientras se definía la situación de los desparecidos los derechos fueron restituidos de manera muy lenta, aspectos que se requerían de suma urgencia, debido a que aunado a la situación emocional, las dificultades económicas contribuían a agudizar los niveles de estrés.
Así mismo, las viudas manifestaron que quedaron mal liquidadas las pensiones debido a que muchos de ellos no recibieron el 100% de la pensión, porque no se encontraban de servicio, pero aun así combatieron hasta perder sus vidas.
Cambios en aspectos sociales. En las entrevistas tanto sobrevivientes como viudas manifiestan que su vida en el aspecto social cambio definitivamente, debido a que se convirtieron en personas desconfiadas, con escasas relaciones interpersonales, en todos los casos las viudas rehicieron sus vidas con nuevas parejas, incluso con hijos-as de otros compañeros. Solo para el caso de la viuda, a la que el esposo nunca se le encontró el cuerpo, no fue posible restablecer una relación con otra pareja.
Según la revisión documental realizada en asuntos judiciales del departamento de Caldas, demando solo una viuda en contra de la Nación, el Ministerio de Defensa, Ejército Nacional y la Policía Nacional, viuda que tenía ocho hijos-as, en donde se declara a la nación responsable extracontractualmente como responsable por los perjuicios morales y materiales causados a la viuda. 1000 gramos y a los ocho hijos-as, se estimaron 8000 gramos de oro fino en total, con el fin de reparar una parte de los daños ocasionados por dicha toma. Así también se indemniza a los seis hermanos del fallecido con 3000 gramos de oro.
En lo que tiene que ver con la ley de víctimas Ley 1448 de 2011, el aspecto de “indemnización administrativa” se cumplió y aún continúa en curso, según informaron las viudas está pendiente una última asociada con las mesas negociación y reconciliación realizadas, algunos manifestaron que la institución policial no fue justa al momento del pago de la pensiones.
Con relación a la “rehabilitación” estipulada en la ley de víctimas, todos recibieron tratamiento psicológico, acompañamiento de trabajo social a sus familias, así como la atención médica, las situaciones negativas manifestadas por parte de las viudas tienen que ver con los retardos para brindar la atención mientras se verificaban los hechos.
En cuanto a las medidas de “satisfacción”, asociadas con la búsqueda de la verdad, la recopilación de la memoria histórica, se ha logrado este espacio mediante las audiencias de conciliación que han realizado en la ciudad de Bogotá, así como a nivel nacional el “día nacional de víctimas” entre otras acciones.
Las medidas de “no repetición”, se erigió un monumento en homenaje a las víctimas para recodar en la memoria social este hecho y que no se vuelva a repetir, en este sentido elaboraron dos estructuras una en el Comando del Departamento y otra en el corregimiento. El homenaje del Comando de Policía del departamento de Caldas, obvió, uno de los nombres de las víctimas lo cual generó inconformidad.
Discusión
Uno de los retos más significativos que debieron afrontarse en el marco de la investigación científica adelantada con ocasión de la incursión guerrillera acaecida el pasado 29 de julio de 2000, en el corregimiento la Arboleda, del municipio de Pensilvania, en el Departamento de Caldas, y que obra como fundamento al presente artículo, se hizo evidente en el desarrollo de las entrevistas a profundidad practicadas a las víctimas institucionales, dado que continuamente existió la posibilidad de remover sentimientos y afectar heridas en curso de cicatrización, al conducir a revictimizalas como consecuencia del reavivamiento de los episodios de dolor por los que tiempo atrás debieron pasar y generar nuevas afectaciones psicológicas.
Es importante resaltar que en la investigación académica no fue posible desvirtuar o confirmar rumores relacionados con la posible decapitación de algunos institucionales a manos de integrantes del grupo guerrillero, como quiera que de las inspecciones a cadáver practicadas por la policía judicial, y de los dictámenes emitidos por medicina legal, no se deduce que efectivamente estos hechos hayan sucedido, máxime si se tiene en cuenta que no se encontró en el acervo probatorio en comento, lesiones con características parecidas a las de una decapitación.
Las citas del presente trabajo y de la investigación matriz, por regla general son producto del acervo documental que obra en el Juzgado penal del circuito especializado, y guardan relación con las investigaciones adelantadas en contra de los integrantes de las grupo guerrillero-ep por los hechos violentos relacionados con el conflicto armado interno, entre ellos, la incursión guerrillera al Corregimiento de Arboleda en el Departamento de Caldas.
Conclusiones
La toma subversiva al municipio de Arboleda - Caldas en Julio del año 2000 en contra de la Policía Nacional, se convirtió en una de las incursiones guerrilleras más crueles y sangrientas realizadas por este grupo en toda la historia del conflicto armado colombiano, por las características en que se presentaron los hechos y las situaciones realizadas durante y después de la toma por parte del grupo guerrillero.
Un gran impacto generado por este hecho delictivo está relacionado con la afectación social, tanto para las víctimas de la incursión, policiales y población civil, como para el corregimiento, dado que éste pasó a ser una población sitiada, azotada por este grupo subversivo, además así mismo, se vio influenciada en gran parte el aspecto económico de la región.
De acuerdo a lo establecido durante el estudio, y más específicamente con los antecedentes de atentados, hostigamientos y tomas realizadas con antelación al hecho, se denota la falta de capacidad institucional y falencias desde diferentes aspectos para atender esta clase de incursiones, no obstante, es de reconocer, que la situación actual del país en ese momento era crítica en todo el territorio nacional, lo que de alguna manera menguaba la capacitad operacional de la institución ante estos hechos, los cuales eran continuos y repetitivos en cualquier zona del país, por parte de los grupos armados de la época.
Es claro además, que los integrantes del grupo guerrillero trasgredieron normas claramente establecidas en los tratados internacionales de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario, en lo referente a los derechos fundamentales claramente violados a los Policías e integrantes de la población civil, de igual forma se infringen normas relativas al derecho internacional humanitario, como lo es la utilización de armas no convencionales, la práctica de tratos crueles e inhumanos contra los Policías, así como atentar contra la población civil, a pesar de estar esta última protegida por el protocolo II adicional a los convenios de ginebra y más aún atentar contra los bienes de la población civil tales la iglesia, puesto de salud y destruyendo viviendas, supermercados y saqueando tiendas, atentando de esta forma contra los bienes necesarios para supervivencia del a sociedad.
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