Inclusión social de la población con limitación auditiva en la educación superior colombiana*

 

Inclusion of people with limited hearing in colombian higher education

 

Inclusão social da população com limitação auditiva na educação superior colombiana

 

Daniel Francisco Ochoa Morón**

Jaime Humberto Angulo Chavarro***

Lilia Edith Aparicio Pico****

 

Universidad Distrital Francisco José de Caldas

 

Fecha de recepción del artículo: 3 de febrero de 2017

Fecha de aceptación del artículo: 5 de junio de 2017

DOI: http://dx.doi.org/10.22335/rlct.v9i1.390

 

El artículo expone resultados de la investigación “Inclusión social de la población con limitación auditiva en la educación superior colombiana” realizado por la universidad Distrital.

 

** Ingeniero Electrónico, Filiación: Universidad Distrital Francisco José de Caldas. Email: dfochoam@correo.udistrital.edu.coOrcid:  http://orcid.org/0000-0003-1042-4379

*** Ingeniero Electrónico, Magíster en Teleinformática, Especialista en Bioingeniería. Filiación: Universidad Distrital Francisco José de Caldas. Email jangulo@udistrital.edu.co. Orcid: http://orcid.org/0000-0002-4484-0795

**** Licenciatura en Ciencias de La Educación Especial, Doctora en Ciencias Técnicas, Magister en Teleinformática, Especialista en Gerencia de Proyectos Educativos, Filiación: Universidad Distrital Francisco José de Caldas. Email: medicina@udistrital.edu.co

Orcid:  http://orcid.org/0000-0003-1841-4423

 


Resumen

El presente artículo contiene políticas y conceptos, con el fin de generar reflexión y debate que conlleven a gestar propuestas e inclusión educativa de las poblaciones en situación de discapacidad. Inicialmente, se realiza la descripción los derechos que definen a la educación como una institución de formación imprescindible y un estudio documental de conceptos establecidos por distintos autores. Posteriormente, se expone la actual problemática de inclusión educativa de las poblaciones en situación de discapacidad desde un aspecto cualitativo, centrando principal atención en los procesos de acceso, permanecía y promoción de Sordos en el sistema educativo de Nivel Superior Colombiano; de igual forma se citan algunas políticas establecidas y llevadas a cabo por diferentes instituciones de Educación Superior en Colombia, en aras de erigir soluciones al problema en debate. A modo de resultado, se propone la construcción de un modelo de inclusión educativa para Sordos, haciendo énfasis en la proyección laboral de los individuos como fin último de su inclusión en la sociedad.

Palabras clave: Discapacidad, educación superior, inclusión, limitación, pedagogía, Sordo.

Abstract

This article contains policies and concepts, in order to generate reflection and debate that lead to proposals and solutions to the problem of educational inclusion of populations in situations of disability.

Initially, the description is made of the rights that define education as an essential training institution and a documentary study of concepts established by different authors. Subsequently, the present problem of educational inclusion of populations in a situation of disability from a qualitative point of view is presented, focusing mainly on the processes of access, stay and promotion of Deaf people in the Colombian Higher Education system; Some policies established and carried out by different institutions of Higher Education in Colombia are mentioned, in order to erect solutions to the problem under discussion. As a result, it is proposed the construction of an educational inclusion model for Deaf people, with an emphasis on the employment projection of individuals as the ultimate goal of their inclusion in society.

Keywords: Deaf, disability, higher education, inclusion, limitation, pedagogy.

Resumo

Este artigo contém políticas e conceitos, a fim de gerar reflexão e debate que conduzam a propostas e soluções para o problema da inclusão educacional das populações em situações de deficiência.

Inicialmente, a descrição é feita dos direitos que definem a educação como uma instituição de treinamento essencial e um estudo documental de conceitos estabelecidos por diferentes autores. Posteriormente, apresenta-se o problema atual da inclusão educacional das populações em situação de deficiência de um ponto de vista qualitativo, com foco principalmente nos processos de acesso, permanência e promoção de surdos no sistema colombiano de Ensino Superior; São mencionadas algumas políticas estabelecidas e realizadas por diferentes instituições do Ensino Superior na Colômbia, a fim de criar soluções para o problema em discussão. Como resultado, propõe-se a construção de um modelo de inclusão educacional para pessoas surdas, com ênfase na projeção de emprego de indivíduos como o objetivo final de sua inclusão na sociedade.

Palavras-chave: Surdo, deficiência, ensino superior, inclusão, limitação, pedagogia.

Introducción

En la actualidad, diferentes naciones del mundo han dado inicio a un proceso de inclusión como parte fundamental en la construcción de una sociedad más tolerante y menos discriminatoria frente a las diversidades humanas. La educación como medio constructor en el ámbito social, ha debido evolucionar continuamente entorno a las necesidades emergentes de las distintas poblaciones.

A partir de la década de los ochenta, la educación ha sufrido una serie de continuas reformas en aras del bienestar y desarrollo social de los seres humanos, progresando desde el concepto de integración, al prototipo de la inclusión; buscando acoger toda la diversidad ideológica, construyendo y desarrollando el potencial y las capacidades de los individuos, estructurando el entorno social a partir de la formación individual y el fortalecimiento del colectivo en valores éticos y morales, fundados en el respeto, la tolerancia y la cooperación hacia los semejantes.

La Inclusión Educativa es el mecanismo por medio del cual se busca construir una sociedad más tolerante, asegurando que los individuos en situación de discapacidad[1] gocen de igualdad de derechos y oportunidades, potenciando las capacidades y valores individuales y colectivos, formando seres humanos razonables, sensibles, conscientes, capa-ces de valorar la diversidad, promoviendo el respeto, la igualdad y la proto-cooperación de todos los integrantes de la sociedad.

En el presente artículo reflexivo, se desarrolla un estudio siguiendo el esquema de investigación documental alrededor de la problemática de inclusión educativa y social de las poblaciones en situación de discapacidad. Para tal fin, inicialmente se exhibe en concordancia a una línea temporal, la evolución histórica de los derechos sociales y académicos a nivel internacional y nacional (Colombia); posteriormente, se hace un breve análisis cualitativo de la problemática de Inclusión Educativa de la población Sorda a nivel Superior; y seguidamente, se ilustran las concepciones y parámetros propuestos por distintos autores, así como las políticas y estrategias implementadas por diferentes instituciones de Educación Superior en Colombia.

Finalmente se propone un modelo de inclusividad que permite incluir toda la diversidad de poblaciones dentro de un determinado espacio social, se analizan las políticas, los estudios y conceptos expuestos entorno a la problemática de inclusión educativa y social de las poblaciones en situación de discapacidad, centrando especial atención en el contexto de la Persona Sorda. A manera de propuesta, se presenta como resultado la Construcción de un Modelo de Inclusión Educativa, desglosando cada uno los aspectos tenidos en cuenta en su constitución; de igual forma, se muestra la proyección del mismo en la búsqueda de forjar una Sociedad Inclusiva y más equitativa.

 

2. Marco legislativo y conceptual de inclusión educativa de personas con limitación auditiva

2.1. Derechos Internacionales sobre la Educación de Personas con Discapacidad

Inicialmente, la educación debe ser concebida como un derecho fundamental de toda persona humana, garantizando el acceso equitativo de la población al sistema educativo, buscando eliminar la discriminación y la segregación en todos los escenarios académicos, sociales y laborales, promoviendo el desarrollo de las ciencias, la tecnología y la cultura hacia el crecimiento integral de los individuos, según lo expuesto en los Artículos 1 y 26[2] de la Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH) (Humanos, 1948); los Artículos 47, 48 y 49[3] de la Carta de la Organización de los Estados Americanos (Carta de la OEA) (de los Estados Americanos y Panamericana, 1948); los Artículos 2, 3, 6, 13 y 14[4] del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (ICESCR) (General, 1966); el Artículo 1[5] de la Declaración Mundial Educación para Todos (Todos, 1990); la Declaración y Programa de Acción de Viena (de Viena, 1993); el Marco de Acción sobre Necesidades Educativas Especiales (de Salamanca, 1994); el Artículo 13 del Protocolo de San Salvador (de San Salvador, 1998); los Artículos 1, 3 y 12[6] de la Declaración Mundial sobre la Educación Superior en el Siglo XXI (SUPERIOR, 1998); el Foro Mundial de Educación Para Todos (Educación, 2000) y la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (Rubio, 2008).

2.1.1. Declaración de Salamanca (1994). En la Conferencia Mundial sobre Necesidades Educativas Especiales (NEE), de 1994 (UNESCO, 1994); se plantearon dos consideraciones fundamentales:

1. Garantizar el acceso a la educación a todos los niños; en particular, aquellos con necesidades especiales.

2. Dignificar la educación de los mismos, de manera que reciban una educación de calidad y en igualdad de oportunidades.

2.1.2. Protocolo de San Salvador (1998). El artículo 13 del Protocolo de San Salvador establece:

“1) Toda persona tiene derecho a la educación. 2) la educación deberá orientarse hacia el pleno desarrollo de la personalidad humana y del sentido de su dignidad y deberá fortalecer el respeto por los derechos humanos, el pluralismo ideológico, las libertades fundamentales, la justicia y la paz. Convienen, asimismo, en que la educación debe capacitar a todas las personas para participar efectivamente en una sociedad democrática y pluralista, lograr una subsistencia digna, favorecer la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos raciales, étnicos o religiosos y promover las actividades en favor del mantenimiento de la paz.” (de San Salvador, 1998).

2.1.3. Convención 2 de las Naciones Unidas (2009). Haualand y Allen en su informe “Personas Sordas y Derechos Humanos”[7] para la Federación Mundial de Sordos y la Asociación Nacional de Sordos de Suecia, abordan un tema de gran actualidad, ya que coincide con el proceso de ratificación por parte de los Estados de la Convención 2 de las Naciones Unidas sobre los derechos de las Personas con Discapacidad aprobado bajo los lineamientos de la Ley 1346 de 2009 (Haualand y Colin Allen, 2009). De manera puntual se puede destacar lo siguiente:

“La Convención define claramente que se consideran lenguas tanto las orales como las habladas. Afirma que los Estados deben reconocer y promover la identidad cultural y lingüística de la comunidad Sorda, así como el uso de las lenguas de signos. Además, la Convención asevera que los Estados deberían facilitar el aprendizaje de la lengua de signos y respaldar el derecho de las personas Sordas a recibir una educación en su propia lengua. De hecho, este tratado especifica que todas las personas con discapacidad deberán tener derecho, en igualdad de condiciones que el resto, al reconocimiento y respaldo de sus identidades culturales y lingüísticas específicas lo que incluye las lenguas de signos y la cultura Sorda.” (Haualand y Colin Allen, 2009).

 

2.2. Normativa Colombiana sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad

El Estado Colombiano, a partir de la Constitución Política de Colombia de 1991 (CPC[8]), se proclamó como un Estado Social de Derecho fundado en el respeto de la dignidad humana (Artículo 1. de la CPC) (De Colombia, 1991); por consiguiente, se le reconoce como agente dinamizador del entramado social, reconocedor de la diferencia y la inclusión de los sectores de la población en condición de fragilidad (Serrano y Iván, 2014), veedor de los derechos, libertades y oportunidades de las personas sin ninguna discriminación por razones de sexo, raza, origen nacional o familiar, lengua, religión, opinión política o filosófica; por lo tanto, El Estado se compromete a promover las condiciones para que la igualdad sea real y efectiva, adoptando medidas en favor de los grupos discriminados o marginados (Artículo 13. de la CPC) (De Colombia, 1991).

El artículo 10 de la CPC, especifica el castellano como idioma oficial, se reconocen las lenguas y dialectos de los grupos étnicos como oficiales en sus territorios, y se estipulan como bilingües las enseñanzas impartidas en comunidades con tradiciones lingüísticas propias.

El Estado Colombiano, tiene la obligación de garantizar el ejercicio pleno de los derechos fundamentales[9] de los niños, así como su desarrollo armónico e integral (Artículo 44 de la CPC). Éste deberá desarrollar y poner en práctica políticas de previsión, rehabilitación e integración social para los disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos, prestando la atención especializada requerida (Artículo 47 de la CPC) (De Colombia, 1991).

En el aspecto integral de los individuos, en relación a su formación académica, se establece la educación como un derecho de todo persona y un servicio público con función social (Artículos 67 y 68 de la CPC) (De Colombia, 1991). Posteriormente, se define la educación como un proceso de formación permanente, personal, cultural y social, fundamentada en la concepción integral de la persona humana, en la denominada Ley General de Educación (Ley 115 de 1994). Ésta se basa en los principios de la CPC, estableciendo las normas generales que regulan el Servicio Público de Educación, definiendo y desarrollando la organización y prestación de la educación formal e informal para todas las personas en el Estado Colombiano; de este modo, las instituciones educativas se ven en la obligación de implantar directa o indirectamente acciones pedagógicas y terapéuticas con la finalidad de incluir académica y socialmente, educandos en condición de discapacidad (TITULO III. Capítulo 1 Artículos 46, 47, 48 Ley 115 de 1994) (De Educación, 1994).

A través del Artículo 1. Ley 324 de 1996, El Estado Colombiano define la concepción de Sordos[10], Limitado Auditivo[11] e Hipoacusico[12]. Posteriormente, reconoce la Lengua Manual Colombiana[13], como idioma propio de la Comunidad Sorda del País, auspiciando su investigación y enseñanza (Artículos 2 y 3 Ley 324 de 1996).

En el contexto educativo, El Estado garantizará que en forma progresiva en instituciones educativas formales y no formales se creen instancias de estudios y políticas con el objeto de asegurar la integración de estudiantes Sordos en equidad de condiciones; para tal fin, se compromete a garantizar los recursos auxiliares especializados requeridos en las áreas de educación, comunicación, habilitación y rehabilitación, así como el subsidio para la obtención de toda clase de dispositivos de apoyo requerido (Artículos 5, 6, 7, 8 y 9 Ley 324 de 1996).

El Capítulo II Ley 361 de 1997, estipula que El Estado de Colombia se compromete a garantizar el acceso a la educación y capacitación integrales, y en efecto determina que el servicio sea prestado sin discriminación en una institución pública o privada, adoptando las medidas necesarias para la integración de los estudiantes en situación de discapacidad.

En el marco de la Ley 762 de 2002, se aprueba la "Convención Interamericana para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad", cuyos objetivos son la prevención y eliminación de todas las formas de discriminación contra las personas con discapacidad; adoptando las medidas necesarias de carácter legislativo, social, educativo, laboral o de cualquier otra índole para propiciar su plena integración en la sociedad.

Para el año 2003, se establecen los parámetros y criterios para la prestación del servicio educativo a la población con necesidades educativas especiales, según lo descrito en la resolución 2565 del Ministerio de Educación Nacional (MEN).

El Artículo 1. Numeral 10 Ley 982 de 2005 decreta la Lengua de Señas (LS) como lengua natural de la comunidad de Sordos; No obstante, describe la importancia de respetar las diferencias lingüísticas y comunicativas en las prácticas educativas y fomentar la educación bilingüe de calidad de la comunidad Sorda, con la finalidad de garantizar su acceso, permanencia y promoción en la educación formal y no formal (Capítulo III de la Ley 982 de 2005); con el objetivo de equiparar oportunidades para las personas sordas, sordo-ciegas, entre otras (Ley 982 de 2005).

El decreto 366 de 2009 del MEN, reglamenta la organización del servicio de apoyo pedagógico para la atención de los estudiantes con discapacidad y con capacidades o con talentos excepcionales en el marco de la educación inclusiva. Adicionalmente, se aprueba la "Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad" adoptada por la Asamblea General de la Naciones Unidas (Ley 1346 de 2009).

En el año 2012, El fallo 47 del Consejo de Estado de Colombia, declaró el derecho la educación como factor de desarrollo humano.

2.3. Concepciones de Inclusión Educativa

La educación, es a menudo concebida como un instrumento o medio facilitador en la construcción y el desarrollo potencial de capacidades que permiten a los individuos apropiarse, participar y transformar su universo de comprensión y actuación en la sociedad (Cardona González y cols., 2011; Fuster, 2009); en este orden de ideas, (Cardona González y cols., 2011) afirman que la sociedad es el espacio de comprensión y entendimiento, pero a su vez es determinante en la construcción individual y social; de esta manera, hablar de la relación existente entre sociedad y educación, es mencionar un binomio inseparable, dado que son ínter-dependientes e ínter-actuantes. La sociedad requiere de la institución educativa, y ésta a su vez, se vincula a la sociedad (Fuster, 2009).

Durante el transcurso de los últimos años, muchos autores han postulado conceptos, parámetros y condiciones en búsqueda de formular una educación realmente inclusiva; estos planteamientos hacen hincapié principalmente en la formación de pedagogos especializados, que generen y mejoren constantemente las técnicas y practicas pedagógicas. Vasco (1990) afirma que la pedagogía está relacionada directamente con el proceso de formación de los individuos, esta debe ser considerada como el saber teórico-práctico generado por los pedagogos a través de la reflexión personal sobre su propia práctica pedagógica. La pedagogía no debe ser vista simplemente como la relación maestro-alumno, sin incluir el micro-entorno y el macro-entorno en el que ambos se desenvuelven, ya sea colectiva o individualmente.

Casanova (1997) plantea cuatro elementos como requisitos en el proceso de atención a poblaciones especiales que acceden al sistema educativo: la autonomía, la organización flexible, las metodologías variadas y la evaluación formativa. La autonomía, hace referencia a la capacidad que posee cada centro educativo, para adecuar los currículos sin límite alguno, en base a las necesidades de las poblaciones especiales. La organización flexible, se presenta como la posibilidad de romper esquemas y tratamientos rígidos, para dar paso a las diversas adecuaciones en función de las necesidades de las diferentes poblaciones. Las metodologías variadas, son el reconocimiento y respeto al ritmo y estilo de aprendizaje de los educandos con capacidades diferentes. La evaluación formativa, es una perspectiva formativa, donde el estudio de los procesos de formación, las falencias y las dificultades en esta, permiten reestructurar de manera constante, el desarrollo educativo.

Tolrá (1998) describe la integración de personas con capacidades especiales en ocho principios: universalidad, globalidad, integración, coordinación, igualdad de oportunidades, participación, información y solidaridad.

La Organización de las Naciones Unidas para la Educación y Diversificación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), define cuatro elementos esenciales en el proceso de inclusión: La comprensión como proceso, la identificación y eliminación de barreras, la participación y el éxito académico, y por último, enfatizar sobre aquéllos estudiantes que están en riesgo de marginalización o fracaso educativo (Ariza Rúa, 2014; Unesco, 2005). Adicionalmente, Rúa sugiere revisar los currículos y fortalecer el perfil docente (Ariza Rua, 2014).

Azevedo (2006); Davis (2000); Nover, Andrews, y Everhart (2001); Ramírez y Parra (2004) indagan en los procesos de formación de los educadores con los estudiantes contemplando la necesidad de actualizar los docentes en teorías de educación bilingüe y técnicas pedagógicas; de igual forma, en la implementación y uso de las nuevas tecnologías. Ramírez y Parra (2004) recomiendan para el trabajo con la población con limitación auditiva, emplear estrategias de evaluación, como la identificación, comparación, aplicación, explicación, argumentación y conceptualización. En la producción de textos escritos, el docente debe fijar su atención en el contenido, más que en su estructura sintáctica; en ocasiones, es necesario que confronte lo escrito con pruebas en la LS, haciendo uso del intérprete.

Asensi (1997) integra a la concepción de inclusión educativa, una visión un poco más trascendental, señalando que ésta debería tomar una mayor importancia hacia la orientación vocacional, destacando el auto-conocimiento y ajuste de las capacidades de los individuos, con miras hacia la vinculación socio-laboral.

 

3. Problemática de inclusión de sordos en la educación superior colombiana

La inclusión social y educativa de los grupos poblacionales que presentan algún tipo de discapacidad en la educación de nivel superior, muchas veces se ha visto comprometida en condiciones contradictorias. Las leyes impuestas se denotan rígidas y la falta de información, estudios y análisis de las capacidades y limitaciones de todos los aspirantes con miras a su desarrollo académico y profesional, llevan a esta población a optar por decisiones equivocadas y a las entidades de educación superior a incurrir frecuentemente en errores a lo largo de su formación; lo que conduce en par-te a la deserción estudiantil y en algunos casos, a la promoción de individuos en profesiones en las que sus limitaciones representan un impedimento en su desarrollo profesional[14], pudiendo considerarse como una conducta antitética por parte de la entidad educativa.

Es importante abordar la problemática de inclusión educativa de la población Sorda a nivel superior, considerando los aspectos de acceso, permanencia y promoción, no resulta ser una tarea fácil. Ésta, debe ser puesta en debate teniendo en cuenta las acciones que deben efectuar cada una de las partes que intervienen en el proceso; la entidad académica y el estudiante implicado.

En el sistema educativo colombiano, para acceder a la educación superior se debe realizar un examen de calificación denominado “Saber 11”, que consiste en poner a prueba el cúmulo de conocimientos adquiridos durante la educación básica y media (Figura 1), a través del desarrollo de competencias. En el transcurso del examen, los Sordos se ven enfrentadas a problemas de comprensión, entendimiento y a la falta de información; dado que existen vacíos conceptuales, deficiencias de lectoescritura y/o ignorancia en temas específicos (Trochez, 2012).

En ocasiones, el personal a cargo de guiar y vigilar el desarrollo de la prueba, ignora parcial o totalmente la LS, sin mencionar la falta de intérpretes calificados como personal de apoyo de la misma; en consecuencia, los Sordos no pueden obtener información básica y necesaria sobre el manejo de cuadernillos, preguntas y bloques, entre otros. Adicionalmente, algunos interrogantes están basados en vivencias distintas a las de los examinandos, quienes deben afrontar extensiones complejas de texto en una lengua ajena. El desempeño de los estudiantes con limitación auditiva en la prueba “Saber 11” se ubica en los niveles de muy bajo y bajo, esto genera bajas expectativas y oportunidades para el ingreso a programas de educación superior (Trochez, 2012).

En los estudios de nivel superior, los Sordos presentan principalmente problemas de comprensión y expresión. Éstos tienen un aprendizaje mayormente visual, utilizan fundamentalmente fotocopias y bibliografía complementaria. Éstos, afirman no percibir dificultades comunicativas; sin embargo, necesitan ayuda continua de compañeros a pesar de que gran parte de ellos, prefieren trabajar de forma individual dadas las dificultades de comunicación. En el momento de ser evaluados, hacen necesario disponer de más tiempo, ya que los problemas de interpretación y comprensión en la lengua lecto-escrita, ralentizan los procesos de análisis y solución (Alcantud Marín, Ávila, y Asensi, 2000).

Uno de los mayores problemas que enfrenta la población Sorda a nivel superior, se genera por la interacción estudiante-educador; ésta se ve obstaculizada por la disparidad de lenguas que impiden desenvolver los procesos comunicativos que resultan ser de suma importancia en el aprendizaje académico (Oteilza, 1997).

4. Inclusión educativa de sordos en la educación superior colombiana La Educación Formal[15] en Colombia, está organizada de forma escalonada, conduciendo regularmente a la promoción de niveles y a la obtención de grados y títulos académicos (Decreto 088 de 76). Ésta, se encuentra

Figura 1: Niveles Académicos o Educativos en Colombia. Fuente: Observatorio de la Educación Iberoamericana (OEI).

 

estructurada por medio de los siguientes niveles progresivos: Educación Preescolar, Educación Básica, Educación Media o Intermedia, Educación Superior (Ley 115 de 94). Ésta, se encuentra estructurada por medio de los siguientes niveles progresivos: Educación Preescolar (Pre - Jardín, Jardín y Transición), Educación Básica (Básica Primaria y Básica Secundaria), Educación Media (Académica o Técnica), Educación Superior (Universitaria, Técnica y/o Tecnológica) (Figura 1) (Decreto 2247 de 97).

En el marco de la política nacional de “Educación para Todos (EPT)”, que busca implantar principios con el fin de tener en cuenta las poblaciones de características especiales (Ariza Rua, 2014); las instituciones de Educación Superior públicas y privadas, se han visto en la obligación de tomar medidas innovadoras en aras de ofrecer una educación de calidad, que permita formar de manera competitiva, toda la diversidad de individuos con miras a las exigencias y necesidades del creciente mercado laboral.

La Universidad Nacional de Colombia (UNAL) partió de los lineamientos planteados por la Asociación Colombiana de Universidades (ASCUN) con el lema “Universidad incluyente y con equidad” (Béjar, 2010), dando origen al proyecto académico “Maestría en Discapacidad e Inclusión Social” con la finalidad de indagar y comprender la realidad de las personas en situación de discapacidad; así como la creación del Instituto de Discapacidad y Desarrollo Humano (IDDH), la Oficina de Registro del Departamento de Admisiones y el Programa de intervención Temprana en Factores de Riesgo, en los cuales se realizan estudios sobre la discapacidad y los avanecen tecnológicos adoptadas para invidentes y Sordos. Actualmente desarrolla la cátedra “Discapacidad y Sociedad” liderada por la Facultad de Medicina (Béjar, 2014).

La UNAL dio inicio a los ajustes en los proceso de admisión y la generación de una agenda de trabajo desde el proyecto de desarrollo “Por una Universidad Accesible” del Instituto de Discapacidad y Desarrollo Humano (IDDH). Adicionalmente, estableció el grupo de investigación “Ocupación e Inclusión Social”, cuyos objetivos son la validación y desarrollo de problemáticas, modelos de actuación y sistemas de calidad en torno a la inclusión social y productiva de las personas, haciendo uso de la ocupación y el trabajo (Béjar, 2010, 2014).

La Universidad de Antioquia (UDEA), creó el denominado “Comité de Inclusión (CI)” como órgano asesor y consultor de la institución en la formación de una propuesta educativa inclusiva; cuyo objetivo principal es el de proponer políticas, planes, estrategias y programas para desarrollar y cumplir el derecho de igualdad, mitigar la segregación y brindar protección a la poblaciones vulnerables. Partiendo de las consideraciones y estrategias propuestas por el comité, la UDEA realizó una adecuación de los espacios físicos, sensibilizo al personal docente hacia el contexto de la diversidad, adopto la realización de un examen de admisión especial acorde a las limitaciones de los aspirantes y opto por integrar el servicio de intérpretes y ayudas a población con capacidades especiales, como medida de aceptación, reconocimiento y protección hacia sus derechos como individuos (Vélez Ramírez, 2010).

La Universidad Pedagógica Nacional (UPN) adelantó una propuesta de inclusión educativa a través de un macro-proyecto denominado “Manos y Pensamiento: Inclusión de estudiantes Sordos a la vida universitaria”, como respuesta a las necesidades de educación superior de esta comunidad, que propende por la formulación de políticas, lineamientos y determinación de acciones pedagógicas. Posteriormente, la UPN estableció la asignación del Semestre Cero, que busca determinar el nivel académico de ingreso a los programas de pregrado de los estudiantes con limitaciones visuales, auditivas, cognitivas o físicas a la UPN; con la finalidad de realizar un proceso previo de nivelación, que les permita posteriormente realizar sus estudios en igualdad de condiciones que los demás estudiantes (de Salazar, Ríos, y Fernández, 2008).

La Universidad ECCI (UECCI), ha desarrollado una propuesta de educación inclusiva, por medio de una serie de sub-proyectos que incluyen: la adecuación de medios de comunicación, accesibilidad y traducción a LSC de asignaturas virtuales, creación de semilleros de investigación, diseños de niveles de español como fortalecimiento de la segunda lengua para Sordos, capacitación de los miembros de la comunidad educativa en el contexto de la persona Sorda (Ariza Rúa, 2014; Vera Hernández, Botero Toro, y Ariza Rúa, 2014). Adicionalmente, y como respuesta a las dificultades comunicativas, la UECCI creó una serie de neologismos técnicos de los programas ofertados para la población sorda a través de los semilleros de investigación (Acuña y Álvarez, 2014). Complementario a esto diseñaron un Software de Ubicación Espacial para Sordos, así como Alarmas Visuales, Señalización de Sedes y Dependencias de la Universidad, empleando la Lengua de Señas Colombiana (LSC)(Brown, 2014; García y Rodríguez S., 2014).

La Universidad Distrital Francisco José de Caldas (UDFJC), desarrolló el proyecto denominado ALTER_NATIVA consolidado en el año 2010, inicialmente dirigido a la formación de profesores de lenguaje, matemáticas y ciencias para trabajar con comunidades diversas. Actualmente, la red ALTER_NATIVA, es un referente curricular con incorporación tecnológica para facultades de educación en las áreas de lenguaje, matemáticas y ciencias, para atender poblaciones en el contexto de la diversidad; y tiene como objetivo el desarrollo de estrategias pedagógicas y la adecuación de ambientes de aprendizaje con el fin de ofrecer condiciones para la generación de espacios de formación docente y de reflexión; capaces de atender con pertinencia poblaciones con Necesidades Educativas Diversas (NED) que ingresen a los programas de educación superior; principalmente los ofrecidos por las universidades pertenecientes al acuerdo transdisciplinar e interinstitucional orientado a la atención de una problemática educativa multidimensional, cuyos principios se basan en: la diversidad, la educación, la educación como acción reductora en la brecha digital y la acción formadora de profesores (Chaves y cols., 2013; Quitián Bernal, Rojas Álvarez, Calderón, Borja Orozco, y Medina Pulido, 2015).

5. Construcción de un modelo de inclusión educativa para la población sorda

En términos generales, se afirma que las entidades de educación superior carecen de propuestas institucionales verdaderamente inclusivas, omiten realizar estudios previos de las capacidades y limitaciones de los aspirantes en búsqueda de encontrar soluciones a la demanda de sus necesidades. En el orden de las ideas anteriores, la población Sorda afronta constantemente el desconocimiento de sus particularidades socio-lingüísticas; los entes educativos reconocen la importancia de vincular intérpretes calificados, pero no trascienden en la medida de adecuar los espacios académicos, el entorno universitario, las prácticas pedagógicas, las estructuras curriculares e incentivar el reconocimiento y respeto hacia la diversidad (Trochez, 2012).

Los sordos en la sociedad, son definidos generalmente de forma equivoca y negativa, por poseer una audición limitada o nula. La sordera no es impedimento alguno para que las personas con esta limitación se desarrollen de manera integral, ya que sólo se ven impedidas para expresarse por medio de la Lengua Oral (LO), pero a partir de esa condición, desarrollan una cultura, una lengua, una forma de comprender el mundo y una identidad propia.

Dentro del entorno o grupo social de Sordos, éstos no son considerados discapacitados; esta es una premisa etno-céntrica determinada por una mayoría social (oyentes) que parte de la errada idea, que tanto la vida, como la lengua, deben ser iguales o similares a las propias. Sin embargo esta premisa omite la inclinación biológica que posee el ser humano para superar obstáculos (Mintz, 2009). La sociedad condiciona muchas veces, de manera errada y antitética, las limitaciones de las personas, no como limitaciones o discapacidades, sino en términos éticos, como algo “malo”.

Una sociedad que acepta y asume la diversidad de todos sus individuos, cooperando alrededor de sus necesidades y siendo participe en el desarrollo y desenvolvimiento de cada uno de los elementos que la componen, es una sociedad inclusiva. Ésta implementa continuamente medidas que permitan eliminar la segregación, reformando sus espacios sociales, académicos y laborales, en la búsqueda constante de reconocer los deberes y derechos de cada uno de sus integrantes (Figura 2) (Pérez y Bañados, 2003).

Figura 2: Modelo de Inclusión Social

Fuente: Autor.

 

La inclusión como mecanismo de construcción social, debe apoyarse y sostenerse en la formación y reestructuración de los espacios de interacción de los seres humanos (Figura 2): espacios sociales (Almacenes y Centros Comerciales, zonas de recreación, de tránsito, entre otros); los espacios laborales y el trabajo, la academia y los espacios académicos (Las Instituciones Educativas, Bibliotecas, Museos, Teatros, Conservatorios, entre otros).

Para afianzar los procesos de inclusión social en Colombia, inicialmente se describe a manera de proposición, la creación del Sistema Nacional de Políticas Inclusivas (SNPI) (Figura 3), cuya finalidad es la recopilación, el estudio y la síntesis de propuestas, parámetros y políticas inclusivas enfocadas a garantizar el cumplimiento de los derechos y el desarrollo de las poblaciones en situación de discapacidad. El SNPI, debe ser un estamento adscrito y regulado principalmente por el Consejo Nacional de Discapacidad (CND)[16], apoyado por el Ministerio de Educación Nacional (MEN), el Ministerio de Trabajo (MINTRABAJO) y el Ministerio de Tecnologías de la Información y Comunicaciones (MINTIC).

El SNPI (Figura 3) debe componerse de subdirecciones enfocadas a la recopilación y análisis de registros y documentos referentes al estudio de la lengua, la cultura y las políticas inclusivas creadas a nivel educativo, social y laboral de las distintas poblaciones en situación de discapacidad; cuya finalidad sea la de establecer y consolidar los mecanismos y medios de inclusión en todos los aspectos, niveles y disposiciones sociales dentro del estado colombiano. Las políticas y parámetros divulgados por el SNPI, deben ser aseverados por el CND, asesorado por las entidades o instituciones pertinentes adscritas al MEN y el MINTRABAJO.

Figura 3: Sistema Nacional de Políticas Inclusivas (SNPI) Fuente: Autor.

 

5.1. Modelo de Inclusión Educativa para la Población Sorda

En la actualidad, hay una incipiente necesidad de erigir y fortalecer el sistema educativo con el fin de abordar los menesteres de las diferentes poblaciones en todos los niveles de la academia. La educación como institución e instrumento constructor, debe reformar de manera continua sus espacios académicos, comunitarios y laborales. No obstante, esto es solo una pequeña parte en el proceso de inclusión social y educativa; puesto que ésta, debe empezar desde la generación de consciencia mutua de los individuos que la conforman, buscar incluir todas las partes implicadas (mayorías y minorías sociales) en un solo núcleo social, como un solo cuerpo indistinguible, inseparable e ínter-dependiente, destacando la importancia del trabajo colectivo; eliminando la segregación en la medida en que ofrece una formación de calidad. La inclusión de personas en situación de discapacidad en la educación superior, no debe percibirse como un problema o reto para las instituciones educativas, sino como la inclusión en todos los aspectos, de individuos capaces que buscan continuamente formarse de manera integral, con la finalidad de ser parte activa de los procesos sociales.

Partiendo de las consideraciones, los conceptos y políticas analizadas; la construcción de un modelo de inclusión educativa de nivel superior para la población Sorda (Figura 4), debe propender a la conservación pluricultural como parte primordial de la diversidad ideológica, permitiendo generar procesos de discusión y reflexión, formando personas humanas integrales ricas en virtudes[17] y útiles a la sociedad; ofreciendo un universo completo de comprensión y análisis, potenciando las capacidades y minimizando el impacto de las limitaciones con miras hacia la proyección socio-laboral como fin último en la inclusión social.

Figura 4: Modelo de Inclusión Educativa para la Población Sorda Fuente: Autor.

Como mecanismo de cimentación de una sociedad inclusiva, a continuación se construye un modelo de inclusión educativa para la población de Sordos (Figura 4) enfocado fundamentalmente en la interacción existente entre estudiantes y educadores, como parte principal en el proceso y la formación académica. La relación maestro-alumno, apoyado por el personal de intérpretes calificados como mediadores interlingüisticos, no solo permite el desarrollo y progreso académico, sino el estudio de didácticas y metodologías que poco a poco conllevan a la adecuación de espacios académicos y programas curriculares; cuyo fin último, sea la búsqueda continua de la excelencia académica y la formación integral de personas humanas competitivas y útiles a las necesidades de la sociedad actual.

El modelo de inclusión educativa propuesto a continuación, hace relevante la adecuación de los espacios sociales, administrativos y académicos, con el objeto de facilitar y mejorar el desenvolvimiento de todos los grupos y sectores de la población; así mismo, la creación de grupos de investigación como mecanismos de estudio y generación de soluciones a las problemáticas existentes en el entorno académico. Adicionalmente destaca la importancia de capacitar el personal administrativo y docente, generando consciencia hacia las diferencias y formando personas capaces de ofrecer respuestas a las situaciones y necesidades de las poblaciones en situación de discapacidad.

A continuación, se describen de los parámetros y arquetipos en torno a la construcción del modelo de inclusión educativa para la población Sorda. Ésta se compone de los siguientes aspectos: Los Grupos de Investigación, la Población Estudiantil, los Procesos Académicos, la Formación de Pedagogos Especializados, los Espacios Académicos, la Capacitación de Personal Administrativo y la Integración de Interpretes Calificados.

5.1.1.      Grupos de Investigación. Partiendo de los conceptos y los procesos llevados por las instituciones educativas estudiados anteriormente, se hace importante la creación de grupos de investigación, integrados por toda la comunidad académica y administrativa de la institución, con la finalidad de generar, fortalecer y afirmar las políticas y los procesos de inclusión educativa para la población en situación de discapacidad.

5.1.2.      Población Estudiantil. En el medio académico, social y laboral, los Sordos se ven inmersos y obligados a interactuar y relacionarse con individuos que se comunican en una lengua ajena y lingüísticamente incompatible con la propia, en el que resulta difícil establecer una comunicación (De León, Gómez, Vidarte, y Piñeyro, 2007). Sin embargo, la barrera lingüística existente no es unidireccional, y por lo tanto, los oyentes se ven igualmente impedidos de comunicación asertiva con las personas Sordas del entorno.

Las instituciones educativas inclusivas deben velar por la proto-cooperación entre Sordos y Oyentes (Figura 5), bus-cando incluir toda la comunidad en un mismo grupo social, eliminando completamente la segregación e incentivando el desarrollo integral de los individuos; en el cual, sin existir dependencia alguna entre dos grupos sociales obstaculizados por una barrera lingüística, coexistan y cooperen mutuamente en beneficio de ambos, logrando así, que el lenguaje sea un parámetro de segundo plano, a la hora de convivir e interactuar en sociedad.

Figura 5: Estructura de formación de Lengua de Señas (LS) y la Lengua Oral (LO); Interacción de Sordos y Oyentes en la Educación Superior Fuente: Autor.

 

La Lengua de Señas (LS) (Figura 5), es la lengua biológicamente natural de la persona Sorda (artículo 1. Numeral 10 de la Ley 982 de 2005), ésta es adquirida de manera nativa sin intervención de técnicas reeducativas y/o terapéuticas, y ofrece un universo conceptual completo que le permite acceder al conocimiento, expresarse ideal y emotivamente, al mismo tiempo que le brinda una identidad propia. No obstante, la LS es de carácter ágrafo y necesita del código de otra que les permita vincularse al conocimiento lecto-escrito y no Sordo; de allí nace el concepto de bilingüismo de la persona Sorda (artículo 10 de la CPC). La LS posee una estructura gramatical propia, que no tiene correspondencia estructural alguna con otras lenguas, lo que impide la traducción y conceptualización clara de ideas (De León y cols., 2007).

Para la persona Sorda, se hace indispensable fortalecer la LS (Figura 5) como fuente principal de comunicación y conocimiento. La LS es una lengua natural y por lo tanto, puede ser estudiada en todos los niveles lingüísticos: fonológico, morfológico, semántico y pragmático (Vélez White y cols., 2006).

El desarrollo de estudios kinesicos, psicolingüísticos y sociolingüísticos realizados por el grupo de Interpretes Calificados y la población de Sordos en el ámbito académico y/o laboral, tiene como objetivo la creación de neologismos a conceptos específicos no existentes en determinadas áreas del conocimiento, dando respuesta a las necesidades comunicativas de esta población.

Debido a la necesidad e inmediatez existente en la creación de neologismos a nivel académico y/o laboral, se propone la creación del “Diccionario Virtual de la LS (DVLS)” (Figura 6) como una aplicación informática multiplataforma (Windows, Linux, Android, IOS, entre otras) de libre acceso, de carácter académico no comercial, cuya función es brindar una herramienta de estudio, consulta, fortalecimiento y evolución de la LS; ésta, debe ser de rápido acceso y fácil manejo; indistintamente de su estado de conexión (Off u Online). El DVLS debe ser administrado y regulado por la subdirección del SNPI para la población de Sordos (Figura 6), con el apoyo y las regulaciones descritas por MINTIC y los estudios lingüísticos desarrollados por las entidades e instituciones adscritas al MEN y al MINTRABAJO.

El DVLS, debe ser un sistema didáctico de enseñanza y consulta de la LS, permisivo, de fácil acceso y manejo a la hora de introducir los neologismos creados en las diferentes instituciones y entidades a lo largo de un territorio o estado determinado; éste debe estar en la capacidad de verificar la existencia o no del neologismos generado a un concepto determinado a partir de la comparación de registros, constatando el uso variante de caracteres, de signos de acentuación y la existencia del vocablo en la lengua de referencia. Adicionalmente, se debe discriminar el carácter conceptual del signo, generando organización a través de campos temáticos.

Figura 6: Sistema Nacional de Políticas Inclusivas (SNPI) para la población de Sordos Fuente: Autor.

 

Teniendo en consideración la necesidad e inmediatez de crear y asignar nuevos signos a conceptos no existentes en la LS, se propone a manera de solución, el sistema de Capturas Fotográficas de Signos. El sistema propuesto hace necesario el empleo de tiempos establecidos de exposición fotográfica, con la finalidad de generar vídeos de corta duración; cuyo objeto sea la producción visual activa y coherente a través proyecciones específicas de imágenes empleando la técnica de animación denominada Stop Motion, buscando mejorar la carga, el almacenaje y la visualización fluida de imágenes del DVLS.

Partiendo de las consideraciones anteriores, los neologismos creados en el contexto académico y laboral, deben ser presentados inmediatamente ante las instituciones o entidades estatales pertinentes a través del sistema del DVLS, con la finalidad de ser analizados, estudiados e integrados en el “Diccionario Básico de la LS (DBLS)”, evitando la creación de múltiples señas a un concepto determinado y que conlleven a la extensión desmedida e innecesaria de la misma. No obstante, establecer una única terminología en ciertas áreas del conocimiento para la LS dentro de un estado determinado, ayuda a fortalecer la inclusión académica, laboral y social de la población Sorda, en la medida en que las entidades e instituciones hacen uso de un único vocabulario, en lugar de crear términos propios, aislados y carentes de significado a nivel estatal.

Adicionalmente, los programas académicos de educación superior dispuestos para para personas Sordas, deben ofrecer niveles de fortalecimiento de la segunda lengua haciendo énfasis en la producción, comprensión y análisis de textos; buscando mejorar de forma progresiva la redacción y el uso correcto del lenguaje, en la medida en la que se emplean distintos términos, sinónimos y antónimos. De igual forma, los programas académicos deben ofrecer niveles de fortalecimiento del lenguaje para personas oyentes; ya que la mayoría de los problemas académicos presentes en la educación superior, son productos de las falencias de comprensión y expresión tanto verbal, como escrita.

5.1.3. Procesos Académicos. Las instituciones educativas de nivel superior, deben formular, adecuar y crear currículos académicos acorde a las necesidades sociales, culturales y lingüísticas de la población en situación de discapacidad, con el fin de ofrecer pro-gramas con un enfoque inclusivo, teniendo en cuenta las metodologías y didácticas generadas a través de la constante reflexión y practica pedagógica, permitiendo fortalecer las capacidades, valores y virtudes, minimizando el impacto de las limitaciones; respetando las formas y ritmos de aprendizaje, buscando continuamente formar personas humanas integrales y competitivas, capaces de enfrentar los problemas presentes a nivel laboral y social (Ariza, 2014).

5.1.4. Formación de Pedagogos Especializados. La capacitación del cuerpo docente en el contexto de la persona Sorda, debe propender a la formación de pedagogos especializados que centren sus esfuerzos en atender a las necesidades académicas de la población Sorda, generando y mejorando continuamente las prácticas pedagógicas, a través del desarrollo de procesos de reflexión, auto-crítica y auto-evaluación en conjunto con la comunidad, y que conlleven de una u otra forma, al mejoramiento de las mismas.

Las prácticas pedagógicas deben ser implementadas en procura de lograr la excelencia académica, ofreciendo una educación de calidad, fortaleciendo la segunda lengua como mecanismo principal de acceso al conocimiento y al entorno social, adoptando metodologías de aprendizaje y evaluación que permitan e incentiven la participación académica de la población en las áreas del conocimiento, estableciendo tiempos óptimos de acuerdo a los ritmos de aprendizaje de los individuos, respetando y conservando la cultura Sorda y el uso de la LS.

Los pedagogos deben tener consciencia sobre el proceso de aprendizaje de las personas Sordas dentro del área del quehacer pedagógico, ya que los Sordos perciben dificultades en el aula de clases al no poder atender al mismo tiempo los conceptos establecidos en el tablero y los expuestos por el intérprete en el proceso de interpretación.

5.1.5. Espacios Académicos. Las instituciones educativas inclusivas deben reformar de manera continua los espacios académicos, adecuando los medios físicos y de comunicación para brindar un entorno de igualdad a todas comunidades que en este interactúan (Ley 361 de 1997). De igual forma, el área del quehacer pedagógico, debe adecuarse en función de las necesidades de las diferencias poblacionales; los Sordos, tienden a ser individuos muy visuales, y por lo tanto, el uso de proyectores y de herramientas gráficas en los espacios académicos, resultan de gran utilidad.

Como mecanismo de formación, evolución y fortalecimiento lingüístico de la LS, las entidades e instituciones estatales, que incluyan personas Sordas en su cuerpo de formación laboral y/o académica, deben tener total acceso al “Diccionario de la LS”, así como a los parámetros y medidas básicas establecidas en la adecuación de medios de comunicación y de espacios sociales, con la finalidad de afianzar los principios de inclusión social.

5.1.6. Capacitación Personal Administrativo. El personal administrativo debe ser capacitado en el contexto de la persona Sorda, para atender las necesidades de la población, generando consciencia y aceptación hacia la diversidad. Adicionalmente, se deben realizar cambios o variaciones en la estructura administrativa, con el propósito de brindar una participación equitativa en todos los niveles y aspectos competentes a la educación.

5.1.7. Integración de Intérpretes Calificados. El servicio de intérpretes calificados para Sordos en la educación superior, debe ser regulado y supervisado por las instituciones y el cuerpo de docentes; estos deben ser elegidos y aportados por las entidades educativas, evaluando el conocimiento de los mismos entorno a áreas de conocimiento específico, procurando que los conceptos expuestos en el aula de clases, sean trasmitidos de forma trasparente y concisa, agilizando los procesos de enseñanza y aprendizaje, evitando la generación de objeciones inapropiadas, vacíos y errores conceptuales.

Los intérpretes, deben estar en continuo contacto con los docentes encargados de guiar los procesos académicos de los estudiantes Sordos; y de ser posible, preparar con anticipación sus servicios en cuanto a la temática y las ayudas didácticas empleados por el maestro en la realización de la cátedra. Estos deben procurar coordinar constantemente con los docentes las dinámicas y las temáticas en estudio, teniendo total conocimiento del contenido programático.

Durante la preparación y el desarrollo de las temáticas en estudio, el intérprete debe indagar en conjunto con el estudiante sobre la existencia del vocabulario a emplear; de no existir la seña, esta debe ser generada por consenso mutuo y creada en el DVLS, para ser tenida en cuenta como neologismo e integrada al vocabulario.

 

Discusión

Estudiar la problemática existente en torno al contexto de inclusión educativa, parte de la necesidad de abordar toda la diversidad ideológica y cultural de distintos grupos poblacionales que interactúan en un determinado espacio social. Pero, ¿Cómo debe ser comprendida la problemática de inclusión educativa?; ¿Deberán las instituciones educativas ajustarse en torno al contexto de las diferencias en busca de una sociedad equitativa?; ¿Deberán ser reformadas las estructuras académicas y los quehaceres pedagógicos en pro de solventar las necesidades de las minorías sociales o hacer caso omiso a éstas?; ¿Será que los individuos tienen comprensión y conocimiento de los alcances de sus capacidades y limitaciones?

De acuerdo a la investigación documental presentado anteriormente, mucho se ha desarrollado en la búsqueda constante de incluir toda la diversidad de poblaciones e ideologías en un mismo espacio social; no obstante, aún existen incógnitas sin resolver y parámetros por describir que permitan dirimir diferencias entre las minorías y las mayorías sociales. El reconocimiento y la proposición de soluciones son tan solo un preámbulo en la búsqueda continua de solventar las necesidades de los individuos implicados. Sin embargo, la necesidad de incluir todo la diversidad poblacional en un mismo espacio social aún existe, ya que la educación es tan solo un medio a través del cual se inculcan los valores y conocimientos de la sociedad; no obstante, esta es solo una pequeña parte en la idea general de inclusión social.

Conclusión

En el presente artículo, se plantearon una serie de conceptos, análisis y condiciones a partir del estudio del problema entorno a la inclusión de sordos en la educación superior, proporcionando de manera amplia y reflexiva, una serie de condiciones necesarias en la organización y construcción de políticas alrededor de la problemática tratada. Partiendo de las afirmaciones expuestas anteriormente, se postuló la creación de un ente cuya función es la recolección, análisis y sintetización de las diversas políticas y propuestas, dando como resultado, un direccionamiento o lineamiento base a la configuración de entidades e instituciones inclusivas entorno a las diversidades. En este orden de ideas, se deja abierto a todo lector, institución o entidad, la posibilidad de abarcar la problemática de manera particular, ampliando la solución a un número infinito de posibilidades congruentes que parten de condiciones establecidas como punto de inicio.

A lo largo de los planteamientos hechos, todas las políticas, parámetros y conceptos estudiados y propuestos, están dirigidos a promover el desarrollo integral de las personas en situación de discapacidad, con la finalidad de brindarles las herramientas necesarias para su progreso y desarrollo intelectual, social y profesional. Para tal efecto, las instituciones educativas como un instrumento constructor de equidad social, deberán generar continuamente metodologías y didácticas que permitan fomentar el desarrollo de competencias en todos los individuos. Los docente deberán enfocar su práctica pedagógica esencialmente hacia la reflexión, buscando continuamente la excelencia académica de los estudiantes, generando consciencia, respeto y aceptación hacia las diferencias, fomentando la auto-critica como mecanismo de análisis y auto-superación a partir del reconocimiento propio de fortalezas y debilidades.

 

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[1] Se entiende por « personas en situación de discapacidad », a todos aquellos personas que presenten “...deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales a largo plazo que, al interactuar con diversas barreras, puedan impedir su participación plena y efectiva en la sociedad...”; Artículo 1 de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (Rubio Torrano, 2008).

[2] Declaración del derecho de igualdad y la educación, como objeto pleno al desarrollo de la personalidad y el fortalecimiento del respeto y las libertades fundamentales de los seres humanos (Humanos, 1948).

[3] Los Artículos 47, 48 y 49 hacen referencia al derecho a la educación, la preservación y enriquecimiento del patrimonio cultural de los pueblos americanos, promoviendo la investigación, la ciencia, la tecnología y la cultura como objeto primordial del desarrollo integral humano (de los Estados Americanos y Panamericana, 1948).

[4] Los artículos 2, 3, 6, 13 y 14 hacen referencia al compromiso adoptado por los estados a garantizar el derecho a la educación y demás derechos orientados al pleno desarrollo de la personalidad humana y su dignidad, al fortaleciendo de las libertades fundamentales y los valores de respeto, comprensión, amistad entre todas las naciones y grupos raciales, étnicos o religiosos (General, 1966).

[5] El Artículo 1 declara el menester de satisfacer las necesidades básicas de aprendizajes cada persona (Todos, 1990).

[6] Los Artículos 1, 3 y 12 hacen hincapié en el derecho a la educación digna, la búsqueda de equiparar las oportunidades de acceso y permanencia de todos los individuos. Incentiva la investigación y el uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones (SUPERIOR, 1998).

[7] El informe “Personas Sordas y Derechos Humanos” se es el mayor registro de datos hasta el día de hoy, sobre la situación de las personas Sordas. Aborda la vida de las personas Sordas en 93 países, en su mayoría en vías de desarrollo.

[8] CPC, hace referencia a la Constitución Política de Colombia establecida en 1991

 

[9] Derechos Fundamentales en Colombia: Derecho a la vida, la integridad física, la salud y la seguridad social, la alimentación equilibrada, su nombre y nacionalidad, tener una familia y no ser separados de ella, el cuidado y amor, la educación y la cultura, la recreación y la libre expresión de su opinión (Artículo 44 de la CPC) De Colombia (1991).

[10] “Persona que presenta una pérdida auditiva mayor de noventa decibeles (90 dB) que le impide adquirir y utilizar el lenguaje oral en forma adecuada” (Artículo 1. Ley 324 de 1996).

 

[11] “Expresión genérica que se utiliza para definir una persona que posea una pérdida auditiva” (Artículo 1. Ley 324 de 1996).

[12] “Disminución de la audición que en sentido estricto no llega a ser total, lo que se denomina con el término de COFOSIS” (Artículo 1. Ley 324 de 1996).

[13] Lengua expresada en la modalidad Viso - Manual (Artículo 1. Ley 324 de 1996).

[14] Ejemplo: Acción de Tutela instaurada por Luis Fernando Macías Gómez en representación de Juan Camilo Macías Gómez el treinta (30) de agosto de dos mil trece (2013).

 

[15] La Educación Formal, es impartida dentro de una secuencia regular de periodos lectivos, con progresión establecida en contenidos, graduados de unos periodos a otros Trujillo (2002).

 

[16] El CND, es un organismo consultor y asesor de carácter permanente, para la coordinación, planificación, concertación, adopción y evaluación de las políticas públicas generales y sectoriales para el sector de la discapacidad en Colombia, según lo establecido en el Capítulo II, artículo 8 de la Ley 1145 de 2007.

 

[17] Las Virtudes, comprendidas por Platón en "La República" como la Prudencia o Sabiduría, la Fortaleza o Valor, la Templanza y la Justicia (Platón,1972)