Aspectos legales al utilizar las principales redes sociales en Colombia*

 

Legal aspects when using the main social networks in Colombia

 

Aspectos legais quando usando as principais redes sociais na Colômbia

 

Manuel Adolfo Alvarado Carmona**

Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia


Resumen

La investigación analiza los aspectos legales al utilizar las dos principales redes sociales en Colombia como los son facebook y twitter. A través de enfoque cualitativo descriptivo y análisis documental se encuentran resultados asociados al uso y conexión responsable de usuarios en las redes sociales y su relación con  la violación de la normatividad Colombiana en la cual se encuentran los delitos informáticos, la protección de la información y los datos, injuria y calumnia, ciberacoso y derechos de autor.

Se determinaron los problemas que conllevan cuando no se utiliza bien la información en las redes sociales en el ámbito jurídico.

Palabras clave: redes sociales, Facebook, Twitter, Normatividad Colombiana, usuarios, delitos informáticos, víctimas, delincuentes.

Fecha de recepción del artículo: Fecha recibido: 19 de marzo de 2016

Fecha de aceptación del artículo: 12 de Diciembre de 2016

DOI: http://dx.doi.org/10.22335/rlct.v8i2.315

 

Artículo resultado de investigación aspectos legales al utilizar las principales redes sociales en Colombia*

** Ingeniero de Sistemas Especialista en Gerencia de Proyectos Informáticos Estudiante de Maestría en tecnología Informática. Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia. manuelalvarado_007@hotmail.com. http://orcid.org/0000-0002-9714-2069

 

Abstract

The research analyzes the legal aspects when using the two main social networks in Colombia as they are facebook and twitter. Through a descriptive qualitative approach and documentary analysis are results associated to the use and responsible connection of users in social networks and its relation with the violation of Colombian regulations in which are the computer crimes, the protection of information and the Data, slander and slander, cyberbullying and copyright. Attendant problems when not properly uses information on social media in the legal field were determined.

Keywords: social networking, Facebook, Twitter, Standards colombiana, users, computer crime, victims, offenders.

Resumo

A pesquisa analisa os aspectos legais ao usar as duas principais redes sociais na Colômbia como facebook e twitter são. Através descritivos resultados abordagem e análise de documentos qualitativos associados com o uso e os usuários responsáveis de conexão em redes sociais e sua relação com a violação da lei colombiana em que são cibercrime, informações proteger e são dados, calúnia e difamação, cyberbullying e direitos autorais. Foram determinados problemas assistentes quando usa não devidamente informações sobre mídias sociais no campo legal.

Palavras-chave: redes sociais, Facebook, Twitter, regulamentos colombianos, usuários, cibercrime, vítimas, infractores.

Introducción

Las redes sociales son comunidades virtuales donde se pueden hacer o encontrar amigos, se comparte diferentes contenidos de información con los usuarios y se utiliza como un medio de expresión y comunicación (Otero, 2016). Estas, han venido evolucionando hasta tal punto que es extraño que una persona no pertenezca a alguna red social, los diferentes servicios que ofrecen las convierten en una herramienta fundamental en la vida cotidiana de cada uno de sus usuarios.

Archila (2013) manifiesta cómo nuevas formas de pensar y percibir constituyen paradigmas emergentes que en este caso indican crecimiento en uso continuo de las redes sociales, lo cual trae consigo diferentes factores de peligro, como lo es la perdida de la privacidad ya que las personas lo que hacen es compartir información todo el tiempo sin detenerse a revisar quien más puede estar observando esta información y con qué fin, además como lo señala Pedriza (2014) pueden incurrir en incumplimiento de la ley puesto que los usuarios desconocen el ámbito jurídico en cuanto a la privacidad de la información y todo tipo de delito informático que se puede estar cometiendo cuando se utiliza erróneamente una red social.

En Colombia según estadísticas del Ministerio de Tecnologías de la información y las comunicaciones (MinTIC) hay un crecimiento exponencial en cuanto a la cantidad de usuarios que se encuentran registrados en las redes sociales. Facebook y Twitter ocupan el primer y segundo lugar respectivamente con más usuarios registrados en estas redes sociales que son las preferidas por los colombianos, "a tal punto que en facebook, Colombia ocupa el lugar número 14 a nivel mundial con más de 15 millones de usuarios y twitter 6 millones de usuarios, esta cifra pone a Colombia por encima en número de usuarios sobre países como Francia y Alemania" (Ministerio de las Tecnologias de Informacion y las Comunicaciones, 2014) .

Analizando las redes sociales facebook y twitter en Colombia los servicios que prestan como lo son buscar amigos, escribir en el muro, subir fotos y videos, juegos, aplicaciones, publicidad, tweets, encuestas y compartir información entre otros. Se puede observar que en el ámbito jurídico se están violando leyes cuando se hace cualquier  tipo de comentario indebido en el muro o por medio de tweets, también cuando  se comparte alguna foto o video, ya que se pueden ver vulnerados la privacidad y los derechos de autor de los usuarios. Por esto se hace tomar conciencia a la comunidad de usuarios de facebook y twitter sobre la responsabilidad que se tiene al hacer uso de cualquier servicio que estas redes sociales ofrecen, se resalta que al no conocer las normas legales no lo excluye de la responsabilidad y el cumplimiento de la ley.

Análisis

Normatividad legal violada con el uso de las redes sociales Facebook y Twitter.  En Colombia y el mundo existe una importante tendencia a hacer comentarios, compartir archivos, videos, fotos en facebook y Twitter, sin importar las consecuencias que esto pueda acarrear. En la legislación colombiana existen vacios jurídicos en materia de delitos informáticos y la protección de la privacidad, observándose una falta de regulación por parte del gobierno en las políticas de uso de las redes sociales en especial facebook y twitter.

Protección de la Información y los Datos.   Los delitos informáticos según Carlos Sarzana en su obra  "Criminalitá e tecnología" son “comportamientos criminógenos en los cuales la computadora ha estado involucrada como material o como objeto de la acción criminógena, o como mero símbolo” (Sarzana, 1979; Palma, 2015). El departamento de investigación de la universidad de México lo define  como "todas aquellas conductas ilícitas susceptibles de ser sancionadas por el derecho penal, que hacen uso indebido de cualquier medio Informático" (Elizarrarás, 2007). En Colombia se considera delito informático todo lo que castiga la ley 1273 de 2009 denominada "De la protección de la información y de los datos". En redes existen usuarios dedicados a hacer daños informáticos haciéndose pasar por otras personas, captan datos personales e información privada, los cuales son utilizados para cometer hurtos y extorsiones. Además los ciberdelincuentes liberan software malicioso en las redes  sociales por medio de juegos, links, archivos de descarga, con el fin de engañar a los usuarios para causar el mayor daño posible a los sistemas de información y colapsar su funcionamiento para obtener control sobre sus sistemas para robar información personal. Conductas irregulares están castigadas con penas de prisión y multas en dinero (Tabla 1).

Tabla 1. Ley 1273 de 2009  "De la protección de la información y de los datos"

Articulo

Delito Informático

Castigo

Artículo 269A

Acceso abusivo a un sistema informático

Pena de prisión de 48 a 96 meses y multa de 100 a 1.000 smlmv.

Artículo 269B

Obstaculización ilegítima de sistema informático o red de telecomunicación

Pena de prisión de 48 a 96 meses y multa de 100 a 1.000 smlmv.

Artículo 269C

Interceptación de datos informáticos

Pena de prisión de 36 a 70 meses

Artículo 269D

Daño Informático

Pena de prisión de 48 a 96 meses y multa de 100 a 1.000 smlmv.

Artículo 269E

Uso de software malicioso

Pena de prisión de 48 a 96 meses y multa de 100 a 1.000 smlmv.

Artículo 269F

Violación de datos personales

Pena de prisión de 48 a 96 meses y multa de 100 a 1.000 smlmv.

Artículo 269G

Suplantación de sitios web para capturar datos personales

Pena de prisión de 48 a 96 meses y multa de 100 a 1.000 smlmv.

Artículo 269I

Hurto por medios informáticos y semejantes

Pena de prisión de 36 a 90 meses

Artículo 269J

Transferencia no consentida de activos

Pena de prisión de 48 a 120 meses y multa de 200 a 1.500 smlmv.

Fuente: (Ley 1273 de 2009 de Colombia, 2009)

 

Uno de los servicios que más llama la atención a los usuarios de facebook y twitter es cuando se comparten y se publicar fotos sin ningún tipo de precaución, ya que en estas pueden aparecer usuarios que no están de acuerdo a esta publicación lo que puede llevar a no respetar su intimidad personal (Laverde, 2014), y en la constitución política de Colombia de 1991 en el artículo 15 de los derechos fundamentales dice: "Todas las personas tienen derecho a su intimidad personal y familiar y a su buen nombre, y el Estado debe respetarlos y hacerlos respetar" (Constitución Política de Colombia, 1991). Cabe aclarar que la ley 1581 de 2012 por la cual se dictan disposiciones generales para la protección de datos personales (Hábeas Datas) no aplica a datos contenidos en facebook y twitter, ni de cualquier red social (Ley 1581 de 2012 de Colombia, 2012).

Injuria y Calumnia

Las redes sociales sirven como medio de expresión y comunicación, a su vez se presta para que usuarios tomen conductas irregulares como las peleas y los insultos, actualmente en Colombia se presentan miles de casos de usuarios de facebook y Twitter que se critican y se descalifican entre sí; de esta manera se está violando la integridad moral de la persona. Cuando un usuario de cualquier red social le hace algún tipo de injuria a otro podrá incurrir en prisión de uno (1) a tres (3) años y multa de diez (10) a mil (1.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes; o una calumnia podrá incurrir en prisión de uno (1) a cuatro (4) años y multa de diez (10) a mil (1.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes según el código penal colombiano (Ley 599 de 2000 de Colombia, 2000). Estos delitos y las amenazas por facebook y twitter pueden que no sean considerados delitos informáticos, pero son tipificados como delitos clásicos y su castigo puede ser mayor.

Pero la injuria y la calumnia va en contra vía con la libertad de expresión cuyo limites siempre han generado opiniones contrapuestas, en el artículo 20 de la constitución política de Colombia reza: " Se garantiza a toda persona la libertad de expresar y difundir su pensamiento y opiniones, la de informar y recibir información veraz e imparcial, y la de fundar medios masivos de comunicación" (Constitución Política de Colombia, 1991). Esta ley no puede ser delimitada por lo cual es necesario que el gobierno colombiano establezca procedimientos adecuados en las redes sociales especialmente facebook y twitter donde se permita proceder contra los usuarios que comenten este tipo de delitos ya que estos atentan contra la integridad moral y psicológica de las personas.

Ciberacoso

Es un delito que se realiza con el uso de nuevas tecnologías en especial por las redes sociales, dentro de este se encuentra el acoso escolar, intimidaciones, humillaciones, acoso sexual, agresiones psicológicas de forma constante con la intensión de someter a la víctima abusivamente y muchas veces no se sabe quién es el responsable de este tipo de delitos ya que muchas personas crean perfiles falsos en facebook y twitter desde donde cometen estos ataques. Este delito se ha incrementado exponencialmente en Colombia (Arbeláez, 2011).

En Colombia para el ciberacoso en los colegios es castigada con la ley 1620 de 2013 "Por la cual  se crea el sistema nacional de convivencia escolar y formación para el ejercicio de los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar" (Ley 1620 de 2013 de Colombia, 2013), lo que quiere decir que si un estudiante le hace matoneo por facebook o twitter a otro, infringe esta ley y debe ser sancionado hasta tal punto que puede ser expulsado de la institución educativa donde estudia; además los docentes y directivos pueden ser investigados y castigados si no hacen cumplir esta ley.

En Colombia existe la página web teprotejo.org que sirve de puente con la Policía Nacional de Colombia para que cualquier persona pueda denunciar virtualmente el ciberacoso, contenidos ilegales de sitios web donde se pone en riesgo a menores de 18 años, después de la denuncia se hace la investigación a profundidad y si se considera un sitio web peligroso la DIJIN procede a bloquear la URL (PaPaz, 2012).

Figura 1. Informe de gestión de la página web www.teprotejo.org del 2012 a 31 de enero de 2015.

Fuente: (PaPaz, 2012)

En el grafico 1 del Informe de Gestión de las denuncias virtuales de la página web teprotejo.org, se observa que la pornografía infantil ocupa el primer lugar con un 46% de las 12.998 denuncias de los años 2012, 2013, 2014 y enero de 2015, debido a esto se deben centrar las precauciones con los niños ya que son los principales objetivos de los delincuentes.

Sexting, Sextorsión y child grooming

Se le llama sexting cuando un usuario de facebook o twitter se toma una foto de contenido sexual voluntaria y le parece fácil enviarlo a una tercera persona de confianza por medio de un mensaje electrónico, o hace una publicación de esta foto en las redes sociales. Luego viene la difusión de esta foto por toda la red, y en poco tiempo se convierte en una difusión masiva que no se puede controlar, según el Instituto Nacional de Ciberseguridad INCIBE de España cuando una información sale de tu móvil o computadora el usuario pierde para siempre su control y su destino, además esta información puede circular por la red toda la vida y no se puede saber quién, cuándo o dónde la pueden estar viendo y con qué propósito. Es por esto que se debe tomar conciencia de que se puede o no publicar en las redes sociales. Siempre se debe pensar y razonar bien antes de enviar algún tipo de información porque después del click enviar no se puede reversar nada (Ciberseguridad, 2006).

En Colombia existen muchos casos de sexting en las redes sociales porque los adolescentes están acostumbrados que en todo momento se están tomando sielfies (autofotos) y las divulgan por internet, pero hay casos en que estos sielfies son de contenido sexual y existen diferentes formas de divulgarlos. La primera es por voluntad propia cuando se envía a un tercero de confianza ya sea un amigo o novio, el cual puede compartir estas fotos con sus amigos. Otra es cuando el autor pierde el control de esta foto ya sea porque dejo el celular o dejo la sesión abierta de facebook o twitter y alguien obtuvo el acceso a esta foto y la difundió. También cuando el usuario se toma las sielfies y las envía a supuestos amigos que han ganado su confianza haciéndose pasar por niños o adolescentes de su misma edad y resultan ser personas inescrupulosas que se aprovechan de la ingenuidad de las víctimas y las convencen de enviar este tipo de fotos; luego comienza un chantaje "que si no quiere que publique las fotos que me envió me debe enviar más fotos con alto contenido sexual" y las victimas por miedo a que estas sean publicadas comienzan a acceder a sus peticiones pornográficas, económicas y de todo tipo. A esto se le llama sextorsión hasta que finalmente luego de haber obtenido todo lo que quería el delincuente las vende y divulga masivamente en páginas pornográficas por dinero.

En facebook y twitter también se encuentra el child grooming o acoso infantil, delito que se caracteriza por "establecer una relación y control emocional sobre un niño/a, cuya finalidad última es la de abusar sexualmente del/la menor" (Servet, 2010), los usuarios de facebook y twitter deben estar alerta especialmente los padres de los menores de edad con personas infames que buscan hacer el mal a los niños que por su inocencia caen de forma fácil e ingenua ante este tipo de delito

En Colombia la sextorsión se castiga en el código penal colombiano capitulo segundo "De la extorsión" articulo 244 el cual fue modificado por la ley 733 de 2002 " Por medio de la cual se dictan medidas tendientes a erradicar los delitos de secuestro, terrorismo y extorsión, y se expiden otras disposiciones" en el artículo cinco, donde la pena por este delito es de doce (12) a dieciséis (16) años y multa de seiscientos (600) a mil doscientos (1.200) salarios mínimos legales mensuales vigentes (Ley 733 de 2002 de Colombia, 2002).

El child grooming y la pornografía infantil en Colombia se castiga en el código penal colombiano capítulo cuarto "Del proxenetismo" modificado por la ley 1336 de 2009 "por medio de la cual se adiciona y robustece la Ley 679 de 2001, de lucha contra la explotación, la pornografía y el turismo sexual con niños, niñas y adolescentes" (Yañez, 2014) en el artículo 218 "pornografía con personas menores de 18 años" la pena por estos delitos es de diez (10) a veinte (20) años y multa de ciento cincuenta (150) a mil quinientos (1.500) salarios mínimos legales mensuales vigentes (Ley 1336 de 2009 de Colombia, 2009).

Derechos de Autor

"La Propiedad Intelectual es la denominación que recibe la protección legal sobre toda creación del talento o del ingenio humano, dentro del ámbito científico, literario, artístico, industrial o comercial" (GEC, 2014). La propiedad intelectual se divide en dos ramas el derecho de autor y la propiedad industrial, en Colombia la normativa de la propiedad intelectual se rige por diferentes convenios, acuerdos y tratados según Cáceres (2006) con la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), además por la constitución política de Colombia en el artículo 61 " El Estado protegerá la propiedad intelectual por el tiempo y mediante las formalidades que establezca la ley" (Constitución Política de Colombia, 1991).

Los derechos de autor según la OMPI, son derechos de los creadores sobre sus obras literarias y artísticas. Dentro de las obras se encuentran los libros, la música, la pintura, la escultura y las películas hasta los programas informáticos, las bases de datos, las publicidades, los mapas y los dibujos técnicos (OMPI, 2014). Cuando se intercambia todo tipo de información por facebook y twitter, se debe evaluar si la información que se va a compartir es propia o si es producida por otra persona, si es creada por el mismo usuario no requiere autorización de nadie para compartir (Hernández, 2013) y esta no atenta contra los derechos de autor, pero si es producto de un tercero y se encuentra dentro de la lista de obras mencionadas anteriormente se está cometiendo un delito por violación a los derechos de autor (Solution, 2012). En el ámbito jurídico de Colombia este delito se contempla en el título VIII "de los delitos contra los derechos de autor "del código penal colombiano y se castiga de treinta y dos (32) a noventa (90) meses de prisión y además una multa de veinte (20) a doscientos (200) salarios mínimos legales vigentes (Ley599 de 2000 de Colombia, 2000).

Facebook y twitter se protege de este tipo de delitos ya que en sus políticas de uso define exigencia de originalidad de los contenidos cargados y el usuario es el único responsable de lo que publica, además cuando un usuario crea algo y lo comparte en la red social automáticamente le está cediendo los derechos de autor sobre esa creación a facebook y twitter. Cuando un usuario crea un perfil en cualquiera de estas dos redes sociales debe leer bien las condiciones del servicio y políticas de uso, porque al darle aceptar se le está otorgando a facebook y twitter toda facultad sobre la obra dentro de las cuales la puede almacenar, exhibir y realizar cualquier acto que le pueda convenir. Por último facebook y twitter tiene una cláusula de exclusión  de responsabilidades de los administradores por los contenidos cargados en la plataforma, lo que quiere decir que cualquier violación a los derechos de autor recae sobre el usuario (Arbeláez, 2011).

Delitos clásicos

El uso y el abuso de las redes sociales en especial facebook y twitter son un canal intermediario para que personas dedicadas a delinquir cometan sus fechorías en contra de personas que por su ingenuidad son vulneradas en sus derechos humanos y fundamentales (Vergel, Martínez y zafra, 2016), los delitos que actualmente se cometen en las redes sociales son delitos que en realidad son los mismos que se han cometido a través de los años y se denominan delitos clásicos con la diferencia que estos tiene ayuda de la tecnología para llegar a sus víctimas como lo son: la extorción, el robo, el homicidio, la violación, el secuestro, la pornografía, la tortura, el maltrato físico y psicológico entre otros (Cáceres, 2015). Todos estos delitos son muy graves y están castigados en la ley 599 de 2000 (Ley 599 de 2000 de Colombia, 2000).

Precauciones a la hora de utilizar facebook y twitter

Los usuarios de facebook y twitter deben tener muchas precauciones cuando utilizan los diferentes servicios que estas  ofrecen, deben saber desde un principio que cuando se crea una cuenta en facebook o twitter se debe leer detalladamente todas las condiciones, restricciones, políticas de uso y privacidad que se contemplan al aceptar crear la cuenta porque desde ese momento los contenidos que se publiquen los va a poder utilizar estas redes sociales como le convenga, las veces que quieran, por el tiempo que quieran.

La comunidad de facebook y twitter debe tener conciencia de lo que publica, comparte y comenta puesto que si hay un incorrecto uso, el usuario esta vulnerable a que otros usuarios se aprovechen de la situación para hacer daño o el usuario puede incurrir en algún delito como los mencionados anteriormente que son castigados por el gobierno colombiano.

La seguridad de la protección y la información de los datos privados es responsabilidad de cada uno de los usuarios de las redes sociales, por eso es necesario que cada usuario sea precavido con su privacidad y no comparta contenidos a personas ajenas a su familia, debe desconfiar de todos los usuarios desconocidos, sospechar de todas las diferentes invitaciones que le hacen en las redes sociales e implementar como lo indica Badiola (2011), una política de seguridad, acorde a investigación una política personal en el manejo de facebook y twitter para evitar problemas futuros.

No se deben hacer comentarios malintencionados, ni descalificativos a otros usuarios en las redes sociales porque se puede estar incurriendo en injuria o calumnia; conductas que son castigadas en la normatividad vigente de Colombia (García, 2010), además cuando se es víctimas de este delito lo mejor es denunciar ante la Policía Nacional de Colombia y no entrar en ningún tipo de peleas o discusiones.

Cuando un usuario es víctima de ciberacoso en facebook y twitter lo mejor es pedir ayuda a sus familiares y amigos desde la primera vez que esto sucede, si es en el colegio dejar constancia y pruebas ante el coordinador de disciplina detalladamente de lo que está sucediendo e identificar a la persona culpable; si es en el trabajo hacerlo saber a su jefe y al jefe de la persona responsable con las evidencias correspondientes, por ultimo si el ciberacoso no cesa denunciarlo ante la Policía Nacional de Colombia.

Los padres de familia deben proteger a los menores de edad y seguir cada paso que dan en las redes sociales para evitar que haya una vulneración en sus derechos, ya sea por medio de child grooming o una sextorsión o cualquier tipo de conducta que atente contra la integridad física y moral del menor. Si esto sucede lo mejor es denunciar lo más pronto posible ante la entidad competente, además vigilar que los menores se encaminen por acciones de bien en el entorno virtual o de lo contrario corregir cualquier tipo de conducta irregular.

El sexting comienza por decisión de cada uno de los usuarios, entonces se aconseja y se advierte a los usuarios de las redes sociales que no se tomen fotos de contenido erótico o pornográfico, además de no enviarlas, ni difundirlas a otras personas, porque hoy en día no se puede confiar en nadie y cuando menos piensan ya están publicadas en internet. Para evitar este tipo de comportamientos irregulares se debe poner en práctica los valores y los principios morales que fueron enseñados en la casa y en el colegio.

Todas las personas al crear un perfil en cualquier red social se deben detener un buen tiempo a leer y analizar bien las políticas de uso, porque al darle click en aceptar, se está firmando un contrato con la red social y dependiendo el uso que se tiene en la red puede ocasionar incurrir en faltas graves como la violación a los derechos de autor.

Se debe estar informado de los casos de delincuencia que se presentan en las redes sociales y visitar páginas del gobierno como la del ministerio de tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC) y en TIC confió, donde se aprende a no dar ciberpapaya para evitar ser víctima de cualquier delito y se profundiza en el uso responsables de las TIC.

Conclusiones

En facebook y twitter cuando un usuario suministra de forma irresponsable mucha información personal, corre el riesgo de que terceros puedan ver, manipular y usar esta información en contra del propio usuario.

La divulgación que hace un usuario en facebook y twitter de hechos privados de otro usuario, para el ámbito jurídico se le está violando su intimidad ya que es su espacio exclusivo y que nadie puede invadir sin su permiso.

El artículo 15 de la constitución política de Colombia y la ley 1273 de 2009 castiga la violación al derecho de la privacidad e intimidad de la información y los datos de las personas que son los considerados delitos informáticos en Colombia, para evitar conductas irregulares que aparecen día a día con el uso de las redes sociales y otras tecnologías de información.

La injuria y la calumnia son los delitos que más se cometen por los usuarios en facebook y twitter, y son castigados en el código penal colombiano, con sanciones que pueden ser muy duras.

El ciberacoso es muy cotidiano en facebook y twitter, pero con la ley 1620 de 2013 está mitigando este tipo de delitos, ya que es responsabilidad de los estudiantes tanto como los padres de familia estar pendientes de los comentarios que se hacen en las redes sociales y denunciar a las personas que hacen matoneo por las redes sociales a sus hijos.

Cualquier información publicada en facebook y twitter que no sea de la creación del mismo usuario, puede ser demandada por derechos de autor por un tercero y son castigadas en el código penal colombiano.

Facebook y twitter tienen sus políticas de uso que son aceptadas por el usuario cuando se crea una cuenta, y dentro de estas políticas se responsabiliza a cada usuario por el contenido que difunde, así  facebook y twitter se exime de cualquier responsabilidad por cualquier daño ejecutado desde su plataforma.

Los usuarios de facebook y twitter deben proteger bien su información personal porque los delincuentes están al asecho de esta información en la red y pueden localizar a cualquier usuario para cometer cualquier tipo de delitos clásicos.

Los usuarios de facebook y twitter deben cambiar la forma de pensar al utilizar los servicios que ofrecen, porque actualmente hay muchos usuarios que están totalmente desenfocados al utilizar estos servicios, esto ocasiona una gran cantidad de peligros.

Se debe tener como objetivo principal cuidar y proteger a los menores de edad en especial los niños, seguir cada paso que dan para evitar que se vulneren sus derechos fundamentales y enseñarlos a ser responsables, desconfiados y respetuosos cuando utilizan internet para evitar todo tipo de riesgos.

Entre todos los usuarios se debe crear cultura al utilizar facebook y twitter o cualquiera de las redes sociales de forma responsable como una herramienta de bien que facilite la vida cotidiana y recordar que el desconocimiento de la ley no lo exime de responsabilidad.

La información de la normatividad que se puede violar al utilizar las redes sociales en Colombia no es de especial interés de los usuarios, por lo que es necesario más difusión por parte del gobierno Colombiano.

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